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Apuntes de un diputado

JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA

En el artículo de la semana pasada comenté aquí que al instalarse en Saltillo el Primer Congreso Constituyente de Coahuila, entonces llamado estado de Coahuila y Tejas, en agosto de 1824, el ordenamiento que rigió prácticamente todos sus trabajos, al menos hasta el 11 de marzo de 1827 cuando se promulgó la Constitución local que expidió, fue el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General mexicano. No fue pues un reglamento propio.

Para que no quede duda de que realmente así sucedió, en el acta correspondiente a la sesión efectuada el 19 de agosto de 1824, apenas cuatro días después de haberse instalado ese Primer Congreso Constituyente integrado por diez diputados, se lee que su presidente ordenó que de aquel Reglamento quedara "en la mesa el único ejemplar que hay para que los señores Diputados pudieran imponerse" de su contenido.

Aunque su tarea de discutir y aprobar la primera Constitución de Coahuila culminó con la promulgación de ésta, según ya se dijo el 11 de marzo de 1827, sin embargo este Primer Congreso Constituyente extendió sus trabajos hasta el 24 de junio, el mero día de San Juan, del mismo año de 1827.

Pero antes de irse expidió, ahora sí, su propio Reglamento Interior del Congreso local, contenido en el decreto número 32 del 7 de abril de 1827. Todavía le dio tiempo para reformar sus artículos 46 y 47, de acuerdo al decreto núm. 35 de fecha 19 de mayo del multicitado año de 1827.

Por cierto, esas referencias relativas a dicho primer Reglamento Interior del Congreso de Coahuila no se encuentran en la enciclopédica obra en cinco enormes tomos publicada en 2014 con el título de "Historia del Congreso de Coahuila de Zaragoza", título que mejor debió ser "Información para la Historia del Congreso de Coahuila", o algo parecido, sin que ello signifique negar méritos a esta obra coordinada por el licenciado Gabriel Pereyra.

Pues bien, en la relación o listado de los decretos aprobados por el Primer Congreso Constituyente de Coahuila el número 32, para el cual no se señala fecha, indica que corresponde al "Reglamento para el Gobierno Interior del Estado" (pág. 34 del tomo I de la mencionada Historia). Todo parece indicar que se transcribió en forma errónea el título del decreto, que fue: Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado. Evidentemente se suprimieron en el título las palabras "del Congreso"; pero omite además citar el decreto núm. 35, mediante el cual se reformaron los artículos 46 y 47 de aquel Reglamento congresional pionero.

La cita que yo hago y supongo es la correcta, está tomada de la pág, 18 del "Prontuario de Leyes y Decretos del Estado de Coahuila de Zaragoza, arreglado por Cosme Garza García", que vio la luz en 1902 (el Prontuario, no Cosme), según la edición fascimilar que ocho décadas después, en 1982, publicó la Universidad Autónoma de Coahuila.

El propio Cosme Garza García da cuenta que ese primer Reglamento Interior del Congreso fue objeto de otras reformas y adiciones en marzo de 1829 y 1830 y en abril de 1833, hasta que fue promulgado el nuevo Reglamento para el régimen interior del Congreso, que corresponde al decreto núm. 164 de fecha 17 de febrero de 1873. Este decreto tampoco aparece listado en la Historia del Congreso coordinada por don Gabriel Pereyra, pues del decreto número 163 salta al núm. 166, por lo que omite el 164.

El siguiente Reglamento Interior del Congreso se publicó en el Periódico Oficial el 24 de febrero de 1940. Era el que estaba vigente -y conocía yo de memoria- cuando fui diputado local en la XLIX Legislatura (1982-1985).

Lo anterior significa que entre el primero y el segundo Reglamento Interior del Congreso transcurrieron 46 años, de 1827 a 1873; y entre el segundo y el tercero pasaron 67 años, de 1873 a 1940.

Luego el 2 de noviembre de 1988 entró en vigor la Ley Orgánica del Congreso que abrogó el Reglamento de 1940, por lo que entre éste y la primera mediaron 48 años. Esa Ley Orgánica duró 23 años al quedar abrogada por otra con el mismo título el 25 de noviembre de 2011. Y esta última a su vez sólo duró escasamente tres años, al entrar en vigor la actual el 1 de enero de 2015.

Este largo recorrido histórico sobre los ordenamientos que en casi dos siglos han regido el funcionamiento del Congreso de Coahuila, tiene sentido como obligado antecedente del siguiente artículo.

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Escrito en: Juan Antonio García Villa

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