Ilegalidad.Las entidades federativas en México tienen abiertas las puertas a la opacidad, dijo Pardinas Carpizo. (ARCHIVO)
El director general del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), Juan Pardinas Carpizo, afirmó que para garantizar el buen desarrollo de la obra pública a nivel estatal es necesario un marco jurídico de calidad, así como garantizar el cumplimiento de las leyes.
"Sin un buen marco jurídico es imposible el desarrollo de obra pública que cumpla con altos criterios técnicos, operativos y presupuestales", sostuvo Pardinas Carpizo durante la presentación del Índice Legal de Obra Pública del organismo. El estudio arrojó que las entidades federativas en México "tienen abiertas las puertas" a la opacidad y la discrecionalidad en materia de obra pública, e incumplen con las condiciones mínimas para garantizar su buen desarrollo. El director Jurídico del Imco, Ricardo Corona, informó que ninguna de las 15 legislaciones estatales evaluadas tiene los criterios mínimos en materia técnica, operativa y presupuestal, para garantizar el desarrollo de la obra pública.
Para analizar la calidad de las leyes estatales que regulan la obra pública, el Imco desarrolló un método cuyas fuentes de información fueron solicitudes de acceso a la información y sitios electrónicos oficiales.
Su Índice Legal de Obra Pública contiene 24 indicadores desagregados en 144 criterios mínimos y siete ejes transversales: competencia, finanzas públicas, fiscalización, planeación, responsabilidades administrativas, tecnologías de la información y transparencia.
Corona informó que de acuerdo con los resultados del Índice, ninguna de las 15 entidades federativas evaluadas cumple con los elementos mínimos que "cierren las puertas" a la opacidad y discrecionalidad en el manejo de la obra pública
Así, ningún estado analizado cumple con los criterios de realizar investigación de mercado previo al concurso; incorporar prácticas que fomenten la competencia; contener excepciones razonables a la licitación pública; permitir modificaciones al contrato sólo por debajo de 10 por ciento; digitalizar y publicar la información desde la planeación hasta la ejecución de la obra, ni conservar la información por lo menos ocho años.