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Antecedentes de la ley general de biodiversidad

A la ciudadanía

MANUEL VALENCIA CASTRO

El tema es altamente explosivo y se camina por un terreno minado. El ambiente político está muy caldeado y la Ley General de Biodiversidad (LGB) lo ha calentado más. Evidentemente no ha provocado consensos, por el contrario, los disensos en el sector ambiental y en la sociedad civil en general, van in crescendo y generando controversias que difícilmente serán resueltas.

La LGB por su naturaleza, ha generado puntos de vista muy distintos y la opinión pública se ha polarizado. Por eso resulta difícil el análisis, porque lo que se diga corre el riesgo de ser identificado con una u otra corriente, esto no es lo que se busca, aunque tampoco nos molesta, presentar información pertinente sobre los antecedentes de la ley a la discusión intensa que se está dando es necesario, y aunque haya mucha prisa en dar el último paso para su aprobación en el congreso, no olvidemos que vienen los reglamentos de la ley y que se puede incidir en su elaboración.

En algún momento, no tengo claro la fecha de cuando se hizo, el Presidente de la República le pidió al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al secretario de Agricultura y Ganadería, la elaboración de una Ley de Biodiversidad. El resorte inicial de este pedimento, tampoco está claro, pero muy probablemente fue el camino que encontraron para darle entrada al Protocolo de Nagoya y de paso, atraer temas fundamentales de otras leyes como la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LEGEEPA), de la cual se sacó todo lo relacionado con áreas naturales protegidas, y abrogar la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), esto es, integrarla a la LGB.

Un camino muy discutible, porque desmantelar una ley y abrogar otra, que se habían venido construyendo y mejorando tanto en el aspecto legislativo como en su práctica diaria, no es precisamente la mejor forma de iniciar una nueva ley.

Los antecedentes mas inmediatos de la LGB son el Protocolo de Cartagena y el Protocolo de Nagoya, ambos son suplementos del Convenio sobre la Diversidad Biológica, este último, redactado en mayo de 1992 y firmado el 5 de junio del mismo año durante la Reunión Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro, entró en vigor el 29 de diciembre de 1993 y fue firmado por 168 países, sus objetivos son "la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios resultantes en la utilización de los recursos genéticos". Todos ellos abordados con menor o mayor énfasis en la susodicha LGB.

El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología es un acuerdo internacional que se centra en regular el movimiento transfronterizo de Organismos Vivos Modificados entre los países que son Parte del Protocolo, y que pudieran tener efectos adversos en la conservacio´n y utilizacio´n sostenible de la diversidad biolo´gica.

Las negociaciones de este tratado internacional iniciaron en el año de 1995, que se intentó terminar y adoptar en 1999 en la ciudad de Cartagena, Colombia, lo cual no fue posible. Fue adoptado el 29 de enero del 2000 en Montreal Canadá, como un acuerdo suplementario del Convenio sobre la Diversidad Biológica. En México este protocolo fue la base para elaborar la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, una ley fuertemente cuestionada por considerar que favorecía los intereses de empresas transnacionales como Monsanto, y que en opinión de CEMDA es un ordenamiento jurídico (…) "que contienen instituciones que han resultado del todo inútiles como son la protección de las variedades de uso común y el régimen especial de protección del maíz". Esta ley no fue incorporada a la LGB.

El protocolo de Nagoya es el antecedente más directamente relacionado con la LGB. Este protocolo es un acuerdo internacional sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios derivados de su utilización, que se inscribe suplementariamente al Convenio sobre la Diversidad Biológica. Despue´s de 10 años de trabajo y negociaciones abiertas, se adoptó el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización en Nagoya, Japo´n, el 29 de octubre de 2010.

"El Protocolo de Nagoya es un acuerdo hito en la gobernanza de la biodiversidad y resulta relevante a diversos sectores comerciales y no comerciales relacionados con la utilizacio´n y el intercambio de recursos gene´ticos".

El objetivo del Protocolo de Nagoya es "la participacio´n justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacio´n de los recursos gene´ticos, incluso por medio del acceso apropiado a los recursos gene´ticos y por medio de la transferencia apropiada de tecnologi´as pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre dichos recursos y tecnologi´as y por medio de la financiacio´n apropiada, contribuyendo por ende a la conservacio´n de la diversidad biolo´gica y la utilizacio´n sostenible de sus componentes".

Reitero, este protocolo es el mayor influencia en la la LGB, es recomendable leerlo antes de analizar el texto completo de la Ley General de Biodiversidad.

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