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Presenta senadora iniciativa para regular publicidad oficial

 La senadora Dolores Padierna Luna presentó una iniciativa que expide la ley general de publicidad oficial y comunicación social, la cual busca establecer reglas claras y precisas, fortalecer a las radios comunitarias y establecer sanciones. (ARCHIVO)

La senadora Dolores Padierna Luna presentó una iniciativa que expide la ley general de publicidad oficial y comunicación social, la cual busca establecer reglas claras y precisas, fortalecer a las radios comunitarias y establecer sanciones. (ARCHIVO)

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La senadora Dolores Padierna Luna presentó una iniciativa que expide la ley general de publicidad oficial y comunicación social, la cual busca establecer reglas claras y precisas, fortalecer a las radios comunitarias y establecer sanciones.

En la sesión ordinaria de este jueves, expuso que el nuevo marco legal fomenta el pluralismo en los gastos de la publicidad oficial, así como incluir la visión de la ciudadanía.

De acuerdo con la propuesta, se crearía el padrón nacional de prestadores de servicios de publicidad y comunicación donde deberán inscribirse las personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, que pretendan prestar servicios para la publicidad oficial y la comunicación social.

Padierna expuso que en cuanto a la radiodifusión indígena y comunitaria, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se retoma la obligación de los entes públicos federales de destinar 1 por ciento de los recursos presupuestales de publicidad oficial, a los concesionarios de uso social comunitarios e indígenas.

“La difusión de publicidad oficial y de comunicación social en radio y televisión abierta, sólo se podrá realizar a través de los tiempos de Estado y tiempos fiscales conocidos conjuntamente como tiempos oficiales”, apuntó.

Para casos de emergencia pública, seguridad o defensa del territorio nacional, o para la conservación del orden público, se refleja la obligación de los concesionarios de radiodifusión de que transmitan gratuitamente y de manera preferente los mensajes o boletines de cualquier ente público en términos del Artículo 254 fracción I de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

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