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Ley de Seguridad Interior

Se advirtió al Senado sobre cuestiones en la Ley de Seguridad Interior

En la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, el Senado habría hecho caso omiso de un estudio del Instituto 'Belisario Domínguez' (IBD), que señaló diversos problemas de constitucionalidad. (ARCHIVO)

En la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, el Senado habría hecho caso omiso de un estudio del Instituto 'Belisario Domínguez' (IBD), que señaló diversos problemas de constitucionalidad. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

En la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, el Senado habría hecho caso omiso de un estudio del Instituto "Belisario Domínguez" (IBD), que señaló diversos problemas de constitucionalidad de los proyectos que se revisaban hace un año y que se transmitieron al decreto que ya es ley en vigor.

La Suprema Corte de Justicia está a la espera de eventuales acciones de inconstitucionalidad que pudieran firmar la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), así como diputados y senadores.

En los debates finales en la Cámara Alta, ante advertencias de que el proyecto era inconstitucional, senadores a favor del proyecto emplazaban a sus oponentes a que acudieran a la Corte para que ese tribunal resuelva en última instancia.

Desde enero de 2017, en la investigación 39 de temas estratégicos denominada Seguridad interior: elementos para el debate, con base en las iniciativas presentadas el IBD advertía de la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, ya que el Congreso no está facultado para legislar al respecto.

El análisis de las iniciativas que fueron los insumos de la Ley de Seguridad Interior arrojó que con esa legislación "no necesariamente se resuelve la carencia de un marco legal que regule y limite la participación de las Fuerzas Armadas, sino que parecen expandir sus facultades en temas de seguridad pública, estado de excepción, Protección Civil y salubridad general".

Los problemas de constitucionalidad que señala el IBD están en relación con los artículos constitucionales 21, 29, 73 y 129.

El artículo 73 se refiere a los temas en los cuales el Congreso tiene la facultad de legislar, y allí no aparece la seguridad interior, que tiene una referencia en el artículo 89, pero no está relacionada con lo que se define como seguridad nacional, de manera que "la seguridad interior no es parte del concepto de seguridad nacional".

Expertos dicen que por falta de información, monitoreos, evaluaciones de la actuación de las Fuerzas Armadas en situaciones de violencia en los últimos 10 años, "implica que los debates públicos y parlamentarios en torno a estos temas ocurran más en el ámbito de las intuiciones, ideología y convicciones personales".

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