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Cuentas bancarias

Restringen a Ministerio Público datos bancarios

Ley. La Corte aclaró que las Procuradurías tienen que acudir a un juez para solicitar información de las cuentas. (EL UNIVERSAL)

Ley. La Corte aclaró que las Procuradurías tienen que acudir a un juez para solicitar información de las cuentas. (EL UNIVERSAL)

AGENCIA REFORMA

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte resolvió ayer que la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) viola el derecho humano a la vida privada, al establecer que el secreto bancario no opera ante solicitudes de información formuladas por el Ministerio Público.

El amparo, primero de este tipo que concede la Corte y que podrá ser aprovechado por otras personas sujetas a investigación por delitos, fue en favor de Ángel López González, cuya cuenta en BBVA Bancomer fue motivo de investigación por parte de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

La excepción al secreto bancario contra la que falló la Corte estaba incluida en el artículo 117 de la LIC, y, tras una reforma en 2014, ahora está en el artículo 142.

Si bien la sentencia de ayer solo se refiere a la facultad en favor de la PGR y las procuradurías estatales, el artículo 142 también levanta el secreto bancario ante solicitudes de la Auditoría Superior de la Federación, el Instituto Nacional Electoral en fiscalización del gasto de los partidos, y la Secretaría de la Función Pública.

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