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Inicia selección para Consejos Electorales

EN EL PORTAL DE INTERNET DE IEPC SE PODRÁN CONSULTAR REQUISITOS

Acuerdo. En sesión, el IEPC aprobó el acuerdo para la ocupación de vacantes en los consejos. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Acuerdo. En sesión, el IEPC aprobó el acuerdo para la ocupación de vacantes en los consejos. (EL SIGLO DE TORREÓN)

MA. ELENA HOLGUÍN

Inició el proceso de selección para ocupar cargos en los Consejos Municipales Electorales cabecera de Distrito, para los procesos electorales locales 2017-2018 y 2018-2019 en el estado de Durango.

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) aprobó el acuerdo para la ocupación de vacantes en dichos organismos; en el caso de Gómez Palacio se trata de dos puestos de consejero electoral suplente.

Los interesados en participar deberán cubrir requisitos como el ser ciudadanos en pleno ejercicio de sus derechos políticos; ser nativos de la entidad o con residencia probada no menor de dos años, además de tener un modo honesto de vivir.

También deberán contar con credencial para votar con fotografía vigente, no ser secretario del despacho del Poder Ejecutivo, ni fiscal o vicefiscal del estado, ni subsecretario u oficial mayor en la administración pública estatal o municipal, a menos que se separe de su encargo un año antes al día de su nombramiento.

La convocatoria establece también que no ser ni haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político durante los últimos tres años; no ocupar ni haber ocupado cargo de elección popular ni haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos tres años anteriores a la designación.

En el portal de Internet del IEPC www.iepcdurango.org.mx y en las redes sociales oficiales, se podrá consultar mayor información sobre los requisitos para quienes aspiren a ocupar dichos cargos.

Convocatoria

La convocatoria establece que:

⇒ Los interesados deberán ser ciudadanos en pleno ejercicio de sus derechos políticos.

⇒ Ser nativos de la entidad o con residencia probada no menor de dos años.

⇒ Tener un modo honesto de vivir.

⇒ No ser ni haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los últimos tres años.

⇒ No ocupar ni haber ocupado cargo de elección popular ni haber sido registrado como candidato a elección popular en los últimos tres años.

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Escrito en: Consejeros electorales

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