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Aprobar el derecho, un avance

ASUNCIÓN ÁLVAREZ DEL RÍO

El derecho a una muerte digna aprobado no fue equiparado a la eutanasia como difundieron la mayoría de los medios

En días pasados conocimos la noticia de que se ha discutido y aprobado la mayoría de los artículos de la nueva Constitución de la Ciudad de México. Dentro del artículo 11, Ciudad de Libertades y Derechos, se establece el derecho a una muerte digna, el cual se da como extensión del derecho a una vida digna de acuerdo al ejercicio pleno de las capacidades y la autodeterminación personales.

Para entender qué implica esta aprobación, es necesario definir "muerte digna", un concepto con el que es fácil simpatizar, pero poco preciso, lo que ha dado lugar a confusiones. Quizá tenemos una idea correcta de que la muerte digna implica morir sin sufrimiento (o el menor posible) y en condiciones acordes a los valores de la persona que muere, pero el mismo concepto se ha utilizado para defender posiciones contrarias sobre las decisiones médicas al final de la vida. Igualmente defienden la dignidad al morir quienes consideran indeseable la eutanasia como quienes apoyan esta opción de terminación de vida, razón esta última por la cual algunas personas equiparan muerte digna y eutanasia. Pero, ¿cuál es la diferencia entre estas dos posiciones que reflejan una división de nuestra sociedad? Empecemos por señalar lo que tienen en común: ambas buscan que las personas mueran con dignidad. Sin embargo, una considera que para ello no es necesaria la eutanasia porque basta con una adecuada atención médica al final de la vida que incluya los cuidados paliativos para aliviar el sufrimiento de un paciente. La otra reconoce que los cuidados paliativos tienen límites y cuando no pueden evitar el sufrimiento de un enfermo, éste podría preferir poner fin a su vida y pedir ayuda a su médico para que le cause una muerte sin dolor, que es en lo que consiste la eutanasia. De manera que la "muerte digna" es una condición; los cuidados paliativos, la eutanasia y otras decisiones médicas al final de la vida son medios para lograr esa condición que todos consideramos deseable.

El derecho a una muerte digna aprobado en la nueva Constitución no fue equiparado a la eutanasia como difundieron la mayoría de los medios. La confusión pudo deberse a la ambigüedad antes comentada, pero también a que Jesús Ortega sí promovió la aceptación de la eutanasia como equivalente a la muerte digna.

En los últimos años se han dado cambios legales en el Distrito Federal y a nivel federal para que los enfermos vivan mejor el final de su vida (la etapa anterior a la muerte y el acontecimiento mismo de morir). Actualmente los pacientes pueden rechazar tratamientos que no les benefician y prolongan su vida, aun si así se precipita su muerte. Por su parte, los médicos tienen la tranquilidad de saber que en esos casos no tendrán repercusiones legales. También se ha establecido que los pacientes reciban cuidados paliativos en el final de su vida para que ésta tenga la mejor calidad posible. Son avances importantes para que las personas tengan una muerte digna, aun cuando no exista la claridad suficiente en las leyes, ni se pueda esperar que sólo por ellas la atención médica mejore. Se necesita más formación, mayor desarrollo de los cuidados paliativos y superar nuestras actitudes de negación ante la muerte que impiden prepararnos a enfrentarla.

¿Es necesaria, además, la eutanasia para lograr una muerte digna? Para algunas personas sí; o porque la enfermedad que padecen les causa un sufrimiento que no puede aliviarse o porque no saben en qué situación se van a encontrar al final de la vida y quieren contar con todas las opciones posibles en caso de necesitarlas (si los cuidados paliativos no alivian su sufrimiento y no están recibiendo un tratamiento que puedan rechazar para morir). Por esta razón es necesario que la eutanasia sea una opción legal y el derecho a la muerte digna aprobado representa una base para que en el futuro pueda permitirse.

(Maestra en Psicología y doctora en Bioética. Facultad de Medicina, UNAM. Colegio de Bioética A.C.)

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