Asesoría. Los trabajadores que no reciban en tiempo su aguinaldo podrán acudir a la Procuraduría en Zaragoza 148 bis sur. (EL SIGLO DE TORREÓN)
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las empresas tendrán hasta el 19 de diciembre para hacer entrega de aguinaldo a sus trabajadores, de lo contrario podrían ser acreedores a una sanción económica, que en caso de reincidencia podría incrementar.
El artículo 87 de la citada ley, señala que "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos".
Además, "Los que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste".
Everardo Isaías Reyes Nevárez, procurador auxiliar en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en Torreón, explicó que aunque hay empresas que otorgan más de 15 días de aguinaldo, "eso no quiere decir que todas estén obligadas a hacerlo".
En caso de que el trabajador no reciba esta prestación, podrá acudir a la Procuraduría a exponer su caso y recibir asesoría, y así dar inicio al trámite necesario para que le sea pagado.
DE DICIEMBRE
Es la fecha límite para la entrega de los aguinaldos.