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Avanza en Senado reforma contra delincuencia organizada

Las reformas prevén la operación encubierta como parte de las investigaciones por delincuencia organizada y se establece la posibilidad de que a los agentes encubiertos se les proporcione una nueva identidad. (ARCHIVO)

Las reformas prevén la operación encubierta como parte de las investigaciones por delincuencia organizada y se establece la posibilidad de que a los agentes encubiertos se les proporcione una nueva identidad. (ARCHIVO)

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Las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado avalaron el dictamen que reforma la Ley federal Contra la Delincuencia Organizada, los códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, a fin de dotar al marco jurídico vigente de mecanismos necesarios contra la delincuencia organizada.

El documento precisa que para combatir a grupos criminales de ese tipo se requiere de una armonización en la materia, a fin de no vulnerar los derechos humanos de las personas procesadas por algún delito, tales como el debido proceso, que además, va da la mano con algunas disposiciones previstas en instrumentos internacionales.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia, Fernando Yunes Márquez, señaló que ese documento en atención al principio de proporcionalidad de las penas, incorpora sanciones más severas a la de operación con recursos de procedencia ilícita, la trata de personas, el secuestro y el robo de hidrocarburos.

También amplía el catálogo de delitos, como el uso de monedas falsificadas a sabiendas, pues actualmente es una de las nuevas conductas que tienen como objetivo y fin las organizaciones criminales en el país.

Asimismo, se encuentra el narcomenudeo y el contrabando. Se tipifica la conducta de quienes acuerden o preparen con dos o más personas la comisión de un delito como delincuencia organizada.

Sanciona también a quienes a sabiendas de la finalidad y actividad delictiva generada por una organización criminal, participen intencional y activamente en sus actividades ilícitas.

Las reformas prevén la operación encubierta como parte de las investigaciones por delincuencia organizada y se establece la posibilidad de que a los agentes encubiertos se les proporcione una nueva identidad, a fin de garantizar la protección a la vida y la integridad de la gente, así como evitar que se ponga en riesgo la investigación.

El dictamen también amplía el catálogo de técnicas especiales de investigación que pueden utilizarse, ente ellas recabar información en lugares públicos mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta necesaria para la generación de inteligencia.

Se establecen reglas específicas para la intervención de comunicaciones privadas, aseguramiento de bienes susceptibles de decomiso y para la colaboración e investigación y persecución de esos delitos.

Prevé que para la reclusión preventiva y la ejecución de sentencias en materia de delincuencia organizada, el imputado o sentenciado sea destinado a centros especiales, con la finalidad de contar con las medidas de seguridad e instalaciones necesarias para su protección integral y la disminución de riesgos de fuga.

Se adecua el texto a efecto de que el órgano jurisdiccional “dicte el arraigo”, cambiando el término de “decretar el arraigo”.

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