Las comisiones unidas de Justicia, Derechos Humanos, Gobernación y Estudios Legislativos en el Senado de la República aprobaron por unanimidad el dictamen que expide la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Las personas que se encuentran en la cárcel por delincuencia organizada, no sólo estarán en un área distinta a los demás reos, también requerirán de medidas especiales de seguridad, así quedó establecido en el texto que será presentado al pleno de la Cámara Alta la semana próxima.
Incluye mecanismos de libertad anticipada para delitos no graves, la revisión periódica de los penales, así como la reinserción social de quienes estén encarcelados.
El beneficio de la libertad anticipada se considera para las personas que fueron sentenciadas con pena privativas de la libertad, por robos —cuyo valor de lo hurtado no exceda de 80 salarios mínimos— y cuando en la comisión del delito no haya mediado ningún tipo de violencia.
Como medidas especiales se consideró: el cambio de dormitorio, vigilancia permanente, restricción de tránsito en el interior de los centros penitenciarios, limitación en visitas familiares y endurecimiento en comunicaciones con el exterior.
Obliga también a las autoridades penitenciarias a instrumentar un área especial, distinta a la de los demás reos, para los sentenciados por delincuencia organizada y secuestro.
La nueva legislación indica que existirá vigilancia permanente en las instalaciones de las penitenciarías; se revisarán a las personas, objetos y vehículos que pretendan ingresar o salir.