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Urge la Prodecon a Corte definir postura

ES NECESARIO SEñALE QUE LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA ES OBLIGATORIA

Postura. Los primeros amparos de los contribuyentes se promovieron hace dos años. (ARCHIVO)

Postura. Los primeros amparos de los contribuyentes se promovieron hace dos años. (ARCHIVO)

EL SIGLO DE TORREÓN

Preocupa a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) que la Corte aún no establezca el criterio definitivo sobre si los contribuyentes están obligados o no a la contabilidad electrónica. Se habla que lo hará hasta la segunda mitad del año.

En 2014 la reforma fiscal entró en operaciones en el país, sin embargo, la Suprema Corte de Justicia sigue sin resolver aún sobre la constitucionalidad de la gran mayoría de los cambios impugnados por miles de empresas, y no tiene fecha para hacerlo, por lo que sus resoluciones se han limitado a aclarar si proceden o no las suspensiones contra la aplicación de las normas relativas a la contabilidad electrónica.

De acuerdo a un comunicado de prensa de Prodecon se indicó que el Ombudsman fiscal está muy preocupado de que, acerca de dos años desde que se promovieron los primeros amparos en contra de la contabilidad electrónica, aún no exista una resolución del Poder Judicial de la Federación, en específico de la Suprema Corte de Justicia (SCJN), que resuelva en definitiva este tema, es decir, si resultan o no constitucionales las disposiciones relativas.

Expertos indican que a la Prodecon le preocupan los intereses de los miles de contribuyentes que han promovido amparos y que, ante la falta de decisión judicial, se encuentran en un grave estado de incertidumbre jurídica: "No es conveniente que en un juicio de control constitucional de derechos fundamentales, como lo es el juicio de amparo, no pueda sentarse al menos un precedente del más alto Tribunal, SCJN, que defina la cuestión controvertida".

En este sentido, la Procuraduría como defensor de los pagadores de impuestos, estima que la reforma constitucional de Derechos Humanos de junio de 2011 no podrá evaluarse como cumplida si las decisiones más sensibles para los justiciables, como es el caso de la contabilidad electrónica, no se resuelven en forma oportuna; máxime cuando se trata de temas inaplazables para los contribuyentes, como es la certeza sobre la forma o sistema en que deben llevar su contabilidad.

Por si fuera poco, si la SCJN resuelve finalmente negar el amparo contra la contabilidad electrónica; los contribuyentes que en sus amparos obtuvieron la suspensión tendrán que cumplir de manera retroactiva con el envío de su contabilidad, lo que sin duda les puede acarrear graves problemas.

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