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Pone Hacienda 'candados' a fondo

ELIA BALTAZAR

La Secretaría de Hacienda emitió los lineamientos para la aplicación, seguimiento, control, transparencia y rendición de cuentas de los 9,948 millones de pesos del Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal.

Este fondo fue creado por la Cámara de Diputados durante la discusión del presupuesto 2016, y reúne los recursos de diferentes programas de infraestructura, deporte y cultura que fueron eliminados por estar involucrados en el escándalo de "los moches".

Los recursos de este fondo están destinados a infraestructura: pavimentación, alumbrado público, drenaje y alcantarillado, mantenimiento de vías; construcción, rehabilitación y remodelación de espacios educativos, artísticos, culturales y deportivos, entre otras acciones de infraestructura urbana y social, de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación.

Para garantizar el buen uso de los recursos, el gobierno federal obligará a las entidades a solicitar los recursos a la Unidad de Política y Control Presupuestario (UPCP) de Hacienda, en hoja membretada, formato libre y debidamente firmada por el o los servidores públicos facultados, acompañada de la propuesta de la cartera a realizarse con la totalidad de los recursos asignados, a más tardar el último día de marzo de 2016.

Deberán presentar el expediente técnico necesario (cédula del proyecto, nota técnica, nota técnica con el costo anual equivalente, análisis costo-beneficio simplificado o análisis costo-eficiencia simplificado, según corresponda), en los formatos respectivos o en el sistema electrónico que establezca la UPCP, los cuales estarán disponibles en la página www.gob.mx.

Hacienda aclara que las entidades y municipios serán responsables ante los órganos fiscalizadores de justificar las variaciones que, en su caso, excedan de los costos de los proyectos presentados.

La UPCP podrá solicitar cualquier información adicional que contribuya a la identificación y revisión de los proyectos, y llevará a cabo la formalización de los convenios con las entidades, a más tardar el 22 de abril de 2016.

"En caso de que la instancia ejecutora incumpla con los plazos, términos y condiciones previstos en los Lineamientos, la SHCP podrá suspender las ministraciones o reasignar los recursos a programas sociales y de inversión en infraestructura", advierte.

Previo a la entrega de los recursos por parte de la SHCP, los estados deberán contratar con la institución de crédito de su elección y registrar, conforme a las disposiciones establecidas por la Tesorería de la Federación, una cuenta bancaria productiva, específica y exclusiva, para la identificación, registro y control de los recursos del fondo.

Una vez que obtengan los recursos, "las entidades deberán informar trimestralmente a la SHCP sobre el ejercicio, destino, resultados obtenidos y evaluación de los recursos transferidos".

Las reglas

Para garantizar la transparencia y rendición de cuentas, el Capítulo VII contiene las siguientes disposiciones:

⇒ En ningún caso se podrán destinar a gasto corriente y de operación, salvo para gastos indirectos a lo que se les podrá destinar hasta el 2 % del costo total de la obra antes del Impuesto al Valor Agregado.

⇒ Se deberá destinar la cantidad equivalente al uno al millar del monto total asignado a cada proyecto convenido, a la Auditoría Superior de la Federación, para su fiscalización.

⇒ La SHCP podrá destinar hasta el 1 % del monto total asignado al Fondo para su administración, de conformidad con el artículo 11, fracción VI, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.

⇒ Las entidades federativas serán responsables de la integración de los expedientes técnicos correspondientes y de la veracidad de la información contenida en ellos.

⇒ Las instancias ejecutoras deberán realizar, de manera detallada y completa, el registro y control en materia jurídica, documental, contable, financiera, administrativa y presupuestaria, que permitan acreditar y demostrar ante la autoridad federal o local competente.

⇒ Los recursos que se otorguen a las entidades federativas son de carácter federal, por lo que las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de las afectaciones a la hacienda pública federal en que incurran los servidores públicos, así como los particulares, serán sancionados en los términos de la legislación federal aplicable.

⇒ Las entidades deberán incluir, en su cuenta pública y los informes sobre el ejercicio del gasto público que presenten a su congreso local, la información relativa a la aplicación de los recursos otorgados para los proyectos.

⇒ Deberán publicar, en su página de Internet y otros medios accesibles al ciudadano, la descripción de las obras, así como las demás obligaciones.

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Escrito en: Hacienda SHCP

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