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Magistrados MVSeados

DENISE DRESSER

Hay que usar las instituciones para conocer su disfuncionalidad, dice Ai Weiwei, el artista disidente chino. Y por eso fui a la sesión del Tribunal Colegiado especializado en telecomunicaciones a presenciar la discusión sobre un caso que me atañe, pero también me trasciende. Un amparo interpuesto -gracias al equipo de la gran abogada Margarita Griesbach- contra los lineamientos impuestos por MVS que llevaron a la salida de Carmen Aristegui y su equipo del aire. Un amparo que buscaba apelar al "interés legítimo" y a las nuevas disposiciones sobre derechos como la libertad de expresión, contenidas en la reforma constitucional en telecomunicaciones. Sentada allí constaté lo que pocos reconocen, pero habrá que confrontar. Tribunales que interpretan la ley sin conocerla a fondo, magistrados que no entienden el fondo de los casos sobre los cuales votan, reformas que son aplaudidas, pero saboteadas a las hora de su instrumentación.

Sentada allí escuché con azoro argumentos que apenarían a magistrados en democracias donde quienes llegan a un tribunal superior lo hacen por competencia y no por disciplina o dedazo. Argumentos espurios o ignorantes o tramposos expuestos por los magistrados Mijangos e Iturbe Rivas. Que aun siendo concesionario de un bien público, MVS no tiene carácter de autoridad por lo que no se le puede reclamar vía un amparo. Que los lineamientos que trató de imponer eran un "plan de trabajo" empresarial y no un intento de censura. Que yo nunca demostré mi calidad de colaboradora de MVS a pesar de haber formado parte de "Mesa Política" durante seis años. Que el Estado no tiene por qué supervisar cómo una empresa utiliza un bien público aunque viole la Constitución al hacerlo. Que el programa de radio -sin Carmen Aristegui- sigue al aire y la gente "tiene acceso a la conductora" por lo que no se ha afectado la pluralidad.

Planteamientos que revelan un problema muy grave. Tribunales especializados en telecomunicaciones que aún no entienden que la reforma reconoció derechos ciudadanos que deben ser tutelados. Como lo dijo la única magistrada -Adriana Campuzano- que parece entender el artículo sexto y sus implicaciones, la radiodifusión es un servicio público de interés social. MVS por ello debería ser autoridad para efectos del amparo y yo y otros afectados por sus decisiones deberíamos tener "interés legítimo". De allí las preguntas que merecen respuesta: ¿Entonces la reforma constitucional en telecomunicaciones no generó derechos ni autoridades responsables de violarlos o protegerlos? ¿Acaso la actuación de una empresa -vía lineamientos y despidos- no afecta la libertad de expresión y los derechos de las audiencias? ¿Para qué se reformó la Ley de Amparo si nunca se va a reconocer el "interés legítimo" y no ha ocurrido en un solo caso? Otra vez parecemos enfrentar reformas aplaudidas que no surten los efectos prometidos y celebrados.

Y una parte importante del problema se encuentra en el Poder Judicial mismo. En magistrados que siguen actuando en función de una lógica de protección empresarial en vez de una óptica de protección de derechos. En magistrados que demuestran una debilidad argumentativa que debe ser escudriñada y aireada y por ello he solicitado vía la Ley de Transparencia el video de la audiencia para que el público pueda ver y evaluar a los magistrados que tenemos. En magistrados que -al margen del fondo del caso o la jurisprudencia- una y otra vez fallan a favor del Estado porque quieren proteger sus carreras y sus puestos.

Pero no pueden seguir ignorando jurisprudencia, reformas constitucionales o sentencias como la que dicta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al gobierno de Venezuela por violar la libertad de expresión. Ya no deben seguir cerrando los ojos ante el contexto de censura e intimidación que existe para los periodistas en el país, especialmente los independientes y los críticos. Ya no pueden seguir negando que las restricciones a la libertad de expresión se materializan a través de acciones estatales y de particulares -como MVS- que administran una concesión y proveen un servicio público, lo cual genera actos de autoridad. En el caso de la salida forzada de Carmen Aristegui del aire hubo y hay vulneración de derechos. Y los magistrados lo reconocerían si salieran de su burbuja y prendieran la radio por las mañanas. Si escucharan el silencio que hay en torno a temas que ya no son cubiertos, aireados o discutidos. No tendrían cara para decir, como lo dijeron, que "los agravios son infundados". No serían magistrados MVSeados.

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Escrito en: Denise Dresser

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