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Están bajo la 'lupa' papás 'desobligados'

BUSCAN BIENESTAR DE LA FAMILIA

'Mano dura’. Una vez que se detecte a un padre o madre que no pague la pensión alimenticia se solicitará un embargo precautorio.

'Mano dura’. Una vez que se detecte a un padre o madre que no pague la pensión alimenticia se solicitará un embargo precautorio.

LUCÍA PÉREZ PAZ

Con la aprobación de la nueva Ley par la Familia, se estableció que el Padrón Estatal de Deudores Alimentarios estará a cargo del Poder Judicial.

Tras foros de debates se estableció que este Registro Estatal debe estar a cargo del Poder Judicial, al considerar que es la instancia más adecuada para tener a su cargo la operación y el funcionamiento del mismo.

Se inscribirán en el Registro a quienes hayan dejado de cumplir las obligaciones alimentarias decretadas por la autoridad judicial en un período de tres meses.

Una vez que se detecte a un padre o madre que no pague la pensión alimenticia se solicitará un embargo precautorio. La autoridad judicial es quien deberá decretarla dentro del juicio correspondiente a petición de la parte afectada, al mismo tiempo que solicita al Registro Público, la búsqueda de inscripciones de bienes a nombre del deudor alimentario moroso.

Los legisladores locales acordaron que quienes se encuentren en este padrón quedaron impedidos para realizar adopciones.

La iniciativa de ley fue propuesta por el gobierno del estado y consensuado con los legisladores y magistrados coahuilenses.

Los aspectos relativos a la familia fueron extraídos del Código Civil, para conformar una nueva legislación con más autonomía.

En el Código Civil actual se habla de la familia tradicional y en esta ley se incluyen más términos. Se habla de las figuras del pacto civil, el concubinato, matrimonio y el divorcio incausado.

La ley y el Código de la Familia entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. En estos 180 días las dependencias deberán ajustarse a las nuevas disposiciones.

CAMBIOS DE NOMBRE Y SANCIONES

Entre las modificaciones aprobadas en la nueva Ley se encuentran los castigos penales para quien dentro de la relación fomente el odio de los hijos hacia uno de los padres. Además se cambió el nombre del Registro Civil a Registro del Estado Familiar.

La reforma fue aprobada por unanimidad, sin embargo la bancada panista se reservo el artículo 284 que contemplaba la pensión para parejas con relaciones estables. Sin importar que ésta sea extramarital.

Asimismo se pidió que en las adopciones se dé preferencia a parejas heterosexuales, lo cual no fue aprobado.

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