Es el artículo 284 en donde se reconoce este derecho a pensión, sólo establece como requisitos que la relación de pareja haya estado fundada en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad libremente aceptada. (ARCHIVO)
El Congreso de Coahuila dio certeza legal a quienes sostienen relaciones extramaritales, sin establecer plazos en la duración de la unión.
Con la aprobación de la Ley y Código de la Familia se reconocen las relaciones estables fuera del matrimonio para que se pueda reclamar una pensión alimenticia, aunque no se hayan procreado hijos o uno de los integrantes esté casado.
Es el artículo 284 en donde se reconoce este derecho a pensión, sólo establece como requisitos que la relación de pareja haya estado fundada en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad libremente aceptada. Así mismo se deberá acreditar la dependencia económica.