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Legalización marihuana

Fox ve discriminatorio fallo de la SCJN

Fox dijo que el aval para el uso recreativo de la marihuana sólo para un colectivo parece muy discriminatorio.  (Archivo)

Fox dijo que el aval para el uso recreativo de la marihuana sólo para un colectivo parece muy discriminatorio. (Archivo)

EL UNIVERSAL

El expresidente Vicente Fox aseguró que la legalización del uso lúdico de la marihuana en el país establece una obligación del Ejecutivo de cumplir el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y destacó que la resolución abre la puerta para que se avance en el tema ya que puede traer beneficios en terrenos de violencia y salud.

En entrevista con Sergio Sarmiento en Radio Red, Fox destacó que el aval que dio la Corte, el cual favorece sólo a cuatro personas, abre el derecho a cada ciudadano, a sus propias conductas, donde el estado no tiene derecho a intervenir salvo que se afecte a terceros.

Destacó que es momento de aprovechar las experiencias en otros países donde se ha probado el resultado de un proceso de legalización; “en muchos casos hay más cosas positivas que negativas”, dijo.

Fox dijo que el aval para el uso recreativo de la marihuana sólo para un colectivo parece muy discriminatorio.

“Que solo cuatro tengan el derecho y no así el resto de los mexicanos parece discriminatorio. El gobierno está obligado a pensar en que el paradigma se va a cambiar próximamente”

— Vicente Fox

Finalmente, dijo que el beneficio principal de la legalización es la libertad de actuar con responsabilidad por cada ciudadano, además que implicaría una reducción importante de la fortaleza de los cárteles.

Ayer miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en un hecho histórico, otorgó el primer amparo a cuatro personas para el autoconsumo lúdico de la marihuana, que excluye cualquier posibilidad de venta o comercialización.

Por mayoría de cuatro votos, la Primera Sala del máximo tribunal concedió la protección de la justicia sólo a cuatro integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART), quienes podrán sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar marihuana exclusivamente con fines de autoconsumo.

La sentencia declara la inconstitucionalidad parcial de cinco artículos de la Ley General de Salud (235, 237, 245, 247 y 248) que establecen la prohibición absoluta para el consumo de marihuana, con el argumento de que dichas normas son contrarias al desarrollo de la libre personalidad.

Este fallo no despenaliza el uso de la marihuana en México, pero sí impide que los cuatro beneficiarios del mismo sean sancionados de manera penal o administrativa por el consumo, posesión y portación de marihuana, en cantidades que se consideren de uso y consumo personal.

La resolución obliga a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), dependiente de la Secretaría de Salud, a otorgar permisos a los quejosos para las actividades de autoconsumo, es decir, sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar el enervante.

Este fallo de la Primera Sala no pone límite a la cantidad de marihuana que se puede sembrar y poseer para fines de autoconsumo, y deberá fijarlo la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a través de los permisos que otorgue a estas cuatro personas.

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