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Condusef expone fallas en crédito simple con garantía líquida o prendaria

Se realizó en el año 2020 al sector de Uniones de Crédito

Condusef informa a las Entidades Financieras las irregularidades normativas detectadas y les ordena llevar a cabo un Programa de Cumplimiento Forzoso, con el propósito de solventar dichas irregularidades. (ARCHIVO)

Condusef informa a las Entidades Financieras las irregularidades normativas detectadas y les ordena llevar a cabo un Programa de Cumplimiento Forzoso, con el propósito de solventar dichas irregularidades. (ARCHIVO)

FABIOLA P. CANEDO

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) informó los resultados de la supervisión en materia de transparencia financiera del producto “Crédito simple con garantía líquida o prendaria” realizada en el año 2020 al sector de Uniones de Crédito.

Dentro de este proceso participaron 12 Uniones de Crédito que ofrecen este producto a sus socios o clientes. El proceso de supervisión en materia de transparencia y calidad consiste en dos etapas. En la primera, se analiza el cumplimiento de la normatividad aplicable en los documentos e información que utilizan las Entidades Financieras con los usuarios, previo a la contratación y durante la vida del crédito, por lo que se solicitan expedientes de clientes que contienen documentos como contrato de adhesión, carátula, estado de cuenta, tabla de amortización y comprobante de operación. También se revisa que la página de Internet y la publicidad tengan información consistente y no dé lugar a confusiones. Condusef informa a las Entidades Financieras las irregularidades normativas detectadas y les ordena llevar a cabo un Programa de Cumplimiento Forzoso, con el propósito de solventar dichas irregularidades.

En la segunda etapa, Condusef analiza la documentación enviada como evidencia de lo realizado por las Instituciones. La mayoría de las Entidades mejoraron su calificación en la segunda revisión, aumentando el número de Uniones de Crédito aprobadas de 1 a 9. Además, 3 Uniones de Crédito realizaron todo lo ordenado en el Programa de Cumplimiento Forzoso de forma correcta, por lo que su calificación es de 10. Las Uniones de Crédito con las calificaciones más bajas son Agropecuaria, Industrial y Comercial de Huajuapan con 1.7; Agrícola, Pecuario y de Servicios del Noroeste con 5.5 y Agrícola Ganadero del Estado de Yucatán con 5.5.

Como resultado de los esfuerzos en conjunto de las Uniones de Crédito y la Condusef, la mayoría de las Entidades Financieras evaluadas obtuvieron resultados positivos, que se transforman en información transparente y de calidad para el Usuario al momento de contratar el producto financiero, lo cual no las exime de que los incumplimientos a la norma serán sujetos a las sanciones correspondientes.

Entre los principales incumplimientos normativos que se encontraron en los expedientes de clientes que contrataron el producto “Crédito simple con garantía líquida o prendaria”, destacan los siguientes:

Contrato de Adhesión

• No prevé la descripción y características de la operación, términos y condiciones.

• No indica los términos y condiciones para recibir pagos anticipados ni pagos adelantados.

• No indica que la tasa de interés y comisiones no tendrán incrementos ni modificaciones.

Carátula

• No señala la cláusula y advertencia de los riesgos de no contratar el seguro o la posibilidad de que la Entidad Financiera los contrate a nombre del Usuario.

• No cumple con el formato de la carátula previsto por la disposición aplicable.

• No indica la fecha límite de pago del crédito.

Estado de Cuenta

• No señala la fecha de corte.

• No incluye la fecha límite de pago y la leyenda de día inhábil.

• No indica el Aviso con los datos de la Unidad Especializada de Atención a Usuarios de la Entidad Financiera (UNE) y de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Tabla de Amortización

• No incluye el número de Registro de Contrato de Adhesión (RECA).

• No indica la fecha de elaboración de la tabla de amortización.

• No señala expresamente los conceptos que podrán estar sujetos a cambios.

Comprobante de operación

• No contiene la certificación electrónica o folio interno de la operación.

• No señala la hora y tipo de la operación realizada.

• No señala los datos que permitan identificar el crédito respecto del cual se efectuó la transacción.

Página de Internet

• No incluye el Costo Anual Total (CAT).

• No indica la fecha de cálculo del CAT, o la misma es mayor a 6 meses.

• No indica la periodicidad de las comisiones.

• No señala los requisitos de contratación del producto.

Publicidad

• No indica el concepto de las comisiones o el lugar donde podrán consultarse.

• No señalan los requisitos para contratar o el lugar donde podrán consultarse.

• No indica la fecha de cálculo del CAT, o la misma es mayor a seis meses.

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Escrito en: Créditos Condusef

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