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Datos biométricos

Interpondrá Inai acción contra Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil

Comisionados advirtieron que las reformas causan afectaciones a los derechos humanos

Por unanimidad, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) aprobó interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acción de inconstitucionalidad contra la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en vigor desde el 16 de abril. (ARCHIVO)

Por unanimidad, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) aprobó interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acción de inconstitucionalidad contra la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en vigor desde el 16 de abril. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

Por unanimidad, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) aprobó interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acción de inconstitucionalidad contra la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en vigor desde el 16 de abril.

En sesión virtual de este martes, los siete comisionados advirtieron que las reformas, que contemplan el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) con datos biométricos, causan afectaciones a los derechos humanos, de acceso a la información y de protección de datos personales, además de ser "excesiva".

Coincidieron en que la entrega de datos personales de parte de los usuarios de telefonía móvil no garantiza la disminución de la incidencia delictiva, por lo que es una ley "regresiva entre derechos codependientes".

"Advertimos que diversas disposiciones de dicho decreto causan afectaciones de distintos tipos a los derechos humanos, de acceso a la información y de protección de datos personales consagrados en los artículos 6 y 16 de nuestra Carta Magna", señaló la presidenta del INAI, Blanca Ibarra Cadena.

"La lectura del decreto referido permite advertir problemas constitucionales relacionados con la falta de proporcionalidad en la intervención a derechos humanos que implican la creación de un padrón que incluye datos biométricos de las personas usuarias del servicio de telefonía en el que resulta obligatorio registrarse so pena de la cancelación del servicio medida que también tiene efectos retroactivos en perjuicio de las personas que cuentan con el servicio de telefonía móvil desde antes de la entrada en vigor de la reforma", añadió.

En su intervención, la comisionada Josefina Román Vergara refirió que la nueva Ley de Telecomunicaciones debe ser revisada por la SCJN ya que transgrede los artículos 1, 14, 16 y 133 de la Constitución.

"No está tomando en cuenta los parámetros impuestos al Estado mexicano", declaró.

Para el comisionado Adrián Alcalá Méndez, entregar datos biométricos en las condiciones planteadas por la nueva ley de Telecomunicaciones, pone en riesgo la protección de datos de millones de personas.

"La persecución de los delitos es un tema que nos debe preocupar a todos y que el Estado es el responsable de velar por la seguridad de los habitantes. Por ello, no puede ni debe ser razón suficiente para restringir las libertades y los derechos humanos de los mexicanos, el costo que pagaríamos por esto puede ser muy alto la entrega de los datos biométricos de todos en las condiciones planteadas consideramos que excede por mucho la finalidad de la ley que se reformó", indicó.

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