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Impungará Hacienda orden sobre condonación de impuestos por pandemia

Dependencia asegura que está prohibida pese a reformas que mantuvieron figura en ciertos casos

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) anunció que impugnará la orden emitida por un juez federal para que el presidente Andrés Manuel López Obrador se pronuncie sobre una posible condonación de impuestos por la pandemia del coronavirus. (ARCHIVO)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) anunció que impugnará la orden emitida por un juez federal para que el presidente Andrés Manuel López Obrador se pronuncie sobre una posible condonación de impuestos por la pandemia del coronavirus. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) anunció que impugnará la orden emitida por un juez federal para que el presidente Andrés Manuel López Obrador se pronuncie sobre una posible condonación de impuestos por la pandemia del coronavirus.

Mediante un comunicado, la dependencia encabezada por Arturo Herrera aseguró que la condonación de impuestos está prohibida pese a que las reformas legales mantuvieron la vigencia de esta figura en casos como la pandemia por Covid-19.

Hacienda indicó que la Procuraduría Fiscal de la Federación en representación del Ejecutivo federal, impugnará la suspensión concedida por el Juez Tercero de Distrito en San Luís Potosí a la empresa Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable.

"En el ámbito de sus atribuciones, se mantendrá atenta al debido cumplimiento de las obligaciones fiscales y procederá conforme a dichas facultades en caso de incumplimiento", señaló la SHCP.

La suspensión concedida por el juez ordenó al Presidente de la República que se pronuncie sobre medidas en materia de condonar, eximir o prorrogar el pago de contribuciones federales y sus accesorios, derivado de la emergencia sanitaria conforme al artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación.

La SHCP consideró que la suspensión es ilegal debido a que no se ubica en ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Amparo para otorgar suspensiones de plano, y añadió que se trata de una facultad discrecional del Presidente el pronunciamiento establecido en el artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación.

En su comunicado afirmó que la condonación de impuestos se prohibió mediante una reforma constitucional.

Sin embargo, en mayo de 2019, el titular del Ejecutivo publicó un decreto regulatorio de la reforma constitucional que prohíbe la condonación de impuestos mismo que dejó vigente esta figura para situaciones o casos extraordinarios como "aquellos que hayan afectado o traten de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, y catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias, caso en el cual se ejercerá dicha facultad en beneficio de la población afectada".

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Escrito en: SHCP

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