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Crímenes de Odio

Los crímenes que nadie quiere ver

El asesinato por orientación sexual no está claramente tipificado en México

Del homicidio de odio hacia población LGBTTTI se tiene registro de su denuncia pública desde hace más de 25 años en México. (ARCHIVO)

Del homicidio de odio hacia población LGBTTTI se tiene registro de su denuncia pública desde hace más de 25 años en México. (ARCHIVO)

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Los vacíos legales en los 32 códigos penales del país y la falta de un criterio unificado para castigar el homicidio por razones homofóbicas propician un escenario de impunidad para quienes cometen ese delito.

Después de una revisión de los códigos penales estatales, que comprendió hasta su última actualización del 31 de enero de 2019, quedó en evidencia que no existe un criterio uniforme para tipificar esos crímenes de odio, lo cual dificulta su persecución y sanción.

Esa situación deja en la indefensión a las víctimas, quienes son asesinadas en razón de su preferencia u orientación sexual e identidad de género.

Del homicidio de odio hacia población LGBTTTI (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros, Travestis, Transexuales e Intersexuales) se tiene registro de su denuncia pública desde hace más de 25 años en México, por agrupaciones de la sociedad civil y organismos nacionales e internacionales.

En 2017 Valeria Durán realizó el reportaje Las muertas que no se ven, donde expuso la falta de un criterio legislativo unificado para castigar al feminicidio en el país y destacó que no se reconoce ni el 20 por ciento de ese delito.

Durante su investigación, la periodista mexicana identificó que otro delito que no se registra debidamente son los transfeminicidios.

"Cuando comencé mi investigación sobre la tipificación de los feminicidios y descubrí los vacíos legales que existen en la República Mexicana también me di cuenta que no en todos los estados se reconocen los asesinatos por razón de la orientación sexual dentro de los códigos penales estatales.

"En México se está asesinando a la comunidad LGBTTTI, pero legalmente sus muertes quedan en las sombras", alertó Durán.

GUANAJUATO Y BAJA CALIFORNIA, LOS PEORES

Baja California y Guanajuato no consideran dentro de sus códigos penales los conceptos "preferencia sexual" u "orientación sexual" y crean una invisibilización absoluta para las víctimas de la comunidad LGBT+.

Por lo que se refiere a "identidad de género", 20 códigos locales y el mismo Código Penal Federal ignoran ese término.

Al respecto, el Colectivo Letra S aseguró en su informe Los asesinatos de personas LGBTTT en México: los saldos del sexenio (2013-2018) que en todo el país "las mujeres trans o personas trans con expresión femenina son las más expuestas a sufrir actos de violencia homicida".

Según el reporte realizado a nivel nacional, una característica que acompaña al homicidio de odio a personas LGBT+ es el ensañamiento y las marcas de tortura que aparecen en los cuerpos de las víctimas.

"Al menos 60 de las víctimas (de 473 casos registrados de notas periodísticas en seis años) aparecieron con 'marcas de tortura' o señales claras de ensañamiento", señala el documento.

A pesar de esa incidencia, solo 12 estados castigan las lesiones provocadas con relación a la "preferencia u orientación sexual" de la víctima, y con respecto a la "identidad de género" apenas ocho entidades imponen sanciones.

Para el delito de tortura y su castigo solo Baja California Sur y Jalisco la tipifican con relación a la "preferencia u orientación sexual" de la víctima. Ninguna de estas legislaciones habla de tortura para lo que compete a víctimas en razón de su "identidad de género".

En cuanto a la desaparición forzada Baja California Sur, San Luis Potosí y Veracruz sí identifican este delito cuando es motivado por la "preferencia u orientación sexual" de la víctima.

El restante 90 por ciento de los estados lo ignoran. Desaparición forzada solo es mencionada en el Código Penal de San Luis Potosí para "identidad de género".

De acuerdo con Letras S durante el sexenio de Felipe Calderón cada año un promedio de 79 personas fueron ultimadas por su condición LGBT+, aunque la agrupación reconoció que su recuento es solo un estimado ya que la cifra real es superior.

En resumen, casi 44 por ciento de los estados (14 códigos penales) tipifican el homicidio de odio en razón de la "preferencia u orientación sexual" de la víctima, mientras que poco más de la mitad, el 56 por ciento restante (18 códigos), ignoran ese delito.

Por lo que respecta al transfeminicidio (es decir, el feminicidio por identidad de género), solo nueve estados lo sancionan, aunque ese sector representó el 55 por ciento de las víctimas que registró en su reporte Letra S.

Armando Campos Zambrano, abogado, activista y defensor en Derechos Humanos, opinó que debería existir una generalidad legislativa que castigue al homicidio de odio hacia población LGBT+ tal como sucede con el feminicidio en los códigos penales locales y federal.

"La actual condición legal del homicidio de odio por homofobia (con sus lagunas y vacíos) se podría entender debido a la presencia de una percepción homofóbica por parte de los encargados de crear las leyes en cada entidad", a juicio del experto.

Para el abogado Jaime López Vela, luchador social y diputado constituyente de la Ciudad de México, ese crimen también presenta otras formas de agresión como violencia sexual, lesiones, tortura, desaparición forzada, extorsión, robo, daño al patrimonio, extorsión, chantaje, abuso de confianza, entre otras.

Los litigantes coincidieron en que el origen de la impunidad está en la inadecuada o inexistente tipificación de los delitos en los 32 códigos penales del país, lo cual propicia un escenario de impunidad para víctimas asesinadas en razón de su preferencia u orientación sexual, así como de su identidad de género.

79

MUERTES

Durante el sexenio de Calderón, cada año un promedio de 79 personas fueron ultimadas por su condición LGBT+.

Baja California y Guanajuato no consideran dentro de sus códigos penales los conceptos “preferencia sexual” y crean una invisibiliza- ción absoluta para las víctimas de la comunidad LGBT+. (ARCHIVO)
Baja California y Guanajuato no consideran dentro de sus códigos penales los conceptos “preferencia sexual” y crean una invisibiliza- ción absoluta para las víctimas de la comunidad LGBT+. (ARCHIVO)

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