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Reforma daría mando de policía municipal a gobernador en Quintana Roo

El gobernador de Quintana Roo, Carlos Joaquín González, presentó ante el Congreso Local una iniciativa de reforma constitucional en materia de Seguridad Pública que, de aprobarse, será impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por presuntamente invadir facultades de los ayuntamientos. (ARCHIVO)

El gobernador de Quintana Roo, Carlos Joaquín González, presentó ante el Congreso Local una iniciativa de reforma constitucional en materia de Seguridad Pública que, de aprobarse, será impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por presuntamente invadir facultades de los ayuntamientos. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

El gobernador de Quintana Roo, Carlos Joaquín González, presentó ante el Congreso Local una iniciativa de reforma constitucional en materia de Seguridad Pública que, de aprobarse, será impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por presuntamente invadir facultades de los ayuntamientos.

La demanda será promovida por el gobierno municipal de Solidaridad, de acuerdo con lo anunciado por la alcaldesa, Laura Beristain, quien afirmó que la iniciativa, denominada Ley de Emergencia Policial, atenta contra el artículo 115 constitucional y el federalismo.

"Es clara la intención del gobierno del estado de Quintana Roo de destruir el federalismo al intentar modificar el artículo 157 de la Constitución del estado, toda vez que dicho artículo establece esencialmente que la policía preventiva municipal estará al mando del presidente municipal.

"Su propuesta de reforma constitucional de establecer una causal de emergencia a favor del estado no es más que un albazo al municipio libre; por eso intenta reformar el artículo 90 de la constitución local para atribuirse una facultad metaconstitucional que viola el artículo 115 de la Constitución Mexicana", dijo.

De acuerdo con la consulta hecha a la Constitución del estado, su artículo 90 -que se refiere a las facultades y obligaciones del gobernador- establece en su fracción X que, bajo su mando, quedará la policía preventiva, "en aquellos casos en que juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público".

El artículo 157 sobre la Seguridad Pública, va en el mismo sentido y habla de la existencia de un reglamento.

La edil explicó que el mandatario pretende que se establezca que la policía preventiva municipal esté al mando del gobernador y acate sus órdenes cuando éste juzgue que existen razones de fuerza mayor o ante la alteración grave del orden público en alguno de los 11 municipios, lo cual se contrapone con el artículo 115 constitucional.

Beristain Navarrete subrayó que al ejecutivo no le bastó con imponer el Mando Único vía decreto, para hacerse del control policial en el municipio, atentando contra su autonomía, sino que promueve ahora reformas que -en su opinión- "agreden al municipio libre".

"Si lo intenta, será este tema, llevado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación pues es evidente que se violan atribuciones del municipio libre. Es lamentable que se esté siempre pensando, desde el 22 de enero, en cómo destruir nuestro federalismo, en lugar de fortalecer el municipio libre", expresó.

La munícipe insistió en que la facultad que pretende abrogarse el mandatario estatal, además de ilegal, resulta discrecional, pues el proyecto de reforma no contempla ni establece las circunstancias en que la prerrogativa será ejercida.

La alcaldesa remarcó que en torno a la coordinación y el trabajo en común, "la farsa" y la "doble moral", "el doble discurso" y "la hipocresía", deben dejarse de lado.

Turnan a comisiones Ley de Emergencia Policial

La iniciativa de decreto por el que se expide la Ley de Emergencia Policial Reglamentaria, de la fracción X del artículo 90 y del 157 de la Constitución estatal, se turnó ayer a las comisiones de Seguridad Pública y Protección Civil, de Asunto Municipales y de Puntos Legislativos, que sesionarán la mañana de hoy para analizarla y discutirla.

La iniciativa consiste en reglamentar la facultad del ejecutivo del estado, para permitirle emitir órdenes dirigidas a la Policía Preventiva Municipal, cuando él determine la existencia de hechos o acontecimientos presentes o futuros inminentes de fuerza mayor o que alteren gravemente el orden público de uno o varios municipios del estado, implementando operativos o estrategias de Seguridad Pública, que dependerán del Mando Único estatal.

"Esta prerrogativa será ejercida únicamente a iniciativa del gobernador del estado en condiciones de emergencia estrictamente eventual, temporal y nunca serán motivadas por fallas o deficiencias estructurales", se indica en el proyecto.

Las órdenes expedidas bajo los preceptos descritos serán de carácter obligatorio y el servidor público municipal que lo desacate, será sancionado penal y administrativo.

La declaratoria de Emergencia Policial deberá hacerse pública en el Periódico Oficial del estado, 24 horas después de emitida y la obligatoriedad para acatarla habrá de ser inmediata a partir de su publicación.

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