La iniciativa de Ley de Movilidad y Transporte de Durango considera regular servicios de Empresas de Redes de Transporte.
La iniciativa de Ley de Movilidad y Transporte Sustentable del Estado de Durango, considera regular los servicios que prestan las Empresas de Redes de Transporte, mediante la inscripción de las unidades a un registro vehicular que deberá renovarse cada año.
De acuerdo con la propuesta, la cual fue presentada por el Ejecutivo estatal y ya está bajo revisión en el Congreso del Estado, de esta forma se daría la apertura para que las empresas que prestan servicios de transporte, a través de aplicaciones móviles o plataformas tecnológicas, operen en el estado de Durango.
Estas empresas requerirán obtener la autorización del Ejecutivo y deberán inscribirse en el Registro Estatal, lo cual permitirá contar con un padrón de las unidades así como de los operadores a cargo de las mismas, con la finalidad de brindar una mayor seguridad a quienes vayan a contratar los servicios.
REQUISITOS PARA OPERAR EN DURANGO
Las autorizaciones se otorgarán, únicamente, a las empresas que estén constituidas conforme a leyes mexicanas, con domicilio fiscal en el estado de Durango y cuenten con licencia o franquicia respectiva.
Según la iniciativa de ley, no se autorizará la operación de estas empresas si llegan a representar una competencia desleal entre sujetos de autorización del mismo servicio público, o bien, cuando a consecuencia de su otorgamiento se ocasione un colapso en las vías de comunicación de la jurisdicción estatal o municipal, por saturación vehicular.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
La propuesta, que está bajo estudio y análisis de los diputados locales, asume como un servicio público el que prestan estas Empresas de Redes de Transporte, pese a que compañías como Uber insisten en que se trata de un servicio de carácter privado.
Entre los derechos y obligaciones que habrán de adquirir las empresas, destaca el que tendrán que registrar tanto a las unidades como a los conductores de la aplicación móvil que administren, en los términos que disponga la ley y su respectivo reglamento.
También deberán mantener sus aplicaciones móviles y página web de manera visible, permanente y de fácil, acceso, así como las tarifas de cobro e implementar un sistema de cálculo de tarifas cuando la modalidad del servicio así lo permita.