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Pagarán a pensionados el 4 de enero

Beneficio. Según el IMSS, el pago de las pensiones se llevan a cabo dentro del ejercicio fiscal vigente y considera días hábiles. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Beneficio. Según el IMSS, el pago de las pensiones se llevan a cabo dentro del ejercicio fiscal vigente y considera días hábiles. (EL SIGLO DE TORREÓN)

ANGÉLICA SANDOVAL

La Delegación Estatal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informó a la derechohabiencia que a los pensionados adscritos a este nosocomio se les realizará el pago correspondiente del próximo mes, el lunes 4 de enero del 2016, que se considera el primer día hábil de enero.

Lo anterior lo dio a conocer el jefe de Prestaciones Económicas y Sociales en la Delegación del IMSS, José Manuel Enciso Castillo, quien argumentó que hay que tener presente que el pago de las pensiones se realiza dentro del ejercicio fiscal vigente, considerando los días hábiles para el Gobierno federal, siendo este el primer día hábil del mes el 4 de enero.

El IMSS añadió que el cobro no aplica a pensionados pagados por aseguradoras.

Según Enciso Castillo, mes con mes se realiza este pago a pensionados previamente ya establecido con un calendario marcado por la instancia a nivel central.

PAGOS REALIZADOS

Actualmente la delegación Durango paga mensualmente a 55 mil 141 pensionados en tres bancos autorizados.

Al momento de que los pensionados adscritos realicen el cobro, es de vital importancia que tomen las medidas de seguridad correspondientes para evitar que al salir de los bancos sean víctimas de algún incidente.

La pensión del Seguro Social se otorga de forma vitalicia y algunos de los requisitos que se piden son: tener como mínimo 60 años cumplidos y quedar privado de trabajo remunerado.

Las personas interesadas en obtener mayor información al respecto, pueden ingresar al sitio de internet: www.imss.gob.mx donde encontrarán detalles sobre temas de pensiones, jubilación y retiro del Seguro Social.

En cuando a la solicitud de pensión de retiro, se piden algunos requisitos como que el asegurado solicitante de la pensión ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, haya causado baja inmediata del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social, entre otros.

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