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Presentan amparo contra etiquetado de alimentos y bebidas

EL UNIVERSAL

El Poder del Consumidor y la Fundación Interamericana del Corazón de México, presentaron un amparo ante juzgados de Distrito en Materia Administrativa, en contra del etiquetado frontal de alimentos y bebidas emitido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), pues es engañoso, no es entendible y principalmente, porque señala que el requerimiento diario de azúcar, es de 90 gramos, equivalente a 18 cucharadas cafeteras, más de 30 kilogramos al año, mientras que el criterio de la OMS es de 50 gramos como máximo tolerable al día.

"Con esta nueva etiqueta, si una Coca Cola de 600 mililitros que tiene 63 gramos de azúcar va a señalar que contiene 70% del requerimiento diario recomendado de azúcar, entonces el 100% del requerimiento diario recomendado será 90 gramos, según la propuesta de Cofepris", señalan.

"Así, si alguien consume este tipo de refresco, puede creer que todavía le falta un 30% más para tener un consumo recomendable, cuando rebasó el 126% el máximo tolerable. Si 90 gramos es lo que establece Cofepris, respaldada por la Secretaría de Salud, como requerimiento diario recomendado, habría que multiplicarlo por los 365 días del año, lo que da un total de 32.85 kilogramos de azúcar como requerimiento anual recomendado", indican.

En conferencia de prensa, Alejandro Calvillo, director de El Poder del Consumidor, insistió que el nuevo etiquetado está basado en el esquema GDA diseñado por la industria, y consideró que el etiquetado de semáforo es cinco veces más fácil de entender.

"No es posible que Cofepris quiera tomarle el pelo a la población mexicana y que diga que esta regulación va más allá de la OMS", y detalló que en el amparo se exponen tres puntos específicos de reclamo.

El primero, expuso, el etiquetado GDA, hecho por la industria no es entendible por la mayor parte de la población mexicana, de acuerdo a los únicos estudios realizados para su evaluación en el país.

Al respecto, precisó que según una investigación que realizó el Instituto Nacional de Salud Pública a 122 estudiantes de nutrición se concluyó que 67.9% de los estudiantes conoce el etiquetado frontal GDA, sin embargo, sólo 12.5% fue capaz de definirlo correctamente. Además, 31.7% fueron capaces de estimar correctamente el contenido energético total del producto.

El tiempo promedio que tardaron los estudiantes en contestar tres preguntas que evaluaban el contenido de energía, azúcares y el número de productos que podían consumir para cumplir con el máximo de azúcares recomendado en el etiquetado frontal GDA fue de 3.34 minutos, y solo el 1.8% respondió correctamente a estas preguntas utilizando seis minutos

Otro de los puntos de reclamo, es que los criterios establecidos en el nuevo decreto van en contra de lo que marca la Organización Mundial de la Salud (OMS), y los desarrollados en los Estados Unidos y México, así como los que retoma la Estrategia Nacional contra la Obesidad y la Diabetes.

El tercer punto se refiere a que el requerimiento diario de azúcar que se marca es hasta de 90 gramos (100% del requerimiento diario recomendado) equivalente a 18 cucharadas cafeteras de azúcar, mientras el criterio de la OMS es de 50 gramos, y actualmente esto último está en consulta para reducirlo a 25 gramos, equivalente a 5 cucharadas cafeteras.

Resaltó que las adiciones al decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, emitido por la Cofepris, no jerarquizan el derecho a la salud de las personas, pues carecen de sustento científico.

De hecho, la emisión de estos criterios es contraproducente, pues desinformará a los consumidores pudiendo crear falsas apreciaciones al esconder el contenido de azúcares añadidos y poner los azúcares totales, creando la fantasía al consumidor de "tener mayor flexibilidad" de consumo de estos productos sin afectar su salud, al poner una ingesta recomendada diaria y no un máximo tolerable, concluyó.

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