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Provoca polémica el bloqueo de la señal

AGENCIAS

La iniciativa de Telecomunicaciones, enviada por la presidencia al Senado, detonó ya algunas voces en contra por parte de legisladores como Dolores Padierna, quien considera que la misma propiciaría la censura y la persecución de los usuarios.

Entre otros puntos, la senadora perredista señala que la falta de claridad en la redacción en diversos artículos deja en ambigüedad los criterios de aplicación de la ley.

Sobre la señal

Según la fracción sexta del artículo 197, los concesionarios deberán bloquear, inhibir o anular de manera temporal señales de telecomunicación en algún evento o "lugar crítico" para la seguridad pública y nacional a solicitud de las autoridades. Sin embargo, no define qué es un 'evento crítico'.

Localización

El IFT en coordinación con las instancias de procuración de justicia, establecerán medidas de seguridad que los concesionarios deberán adoptar para la localización geográfica de cualquier dispositivo de comunicación. Esto debería ser aplicable sólo en casos de delincuencia.

Bloqueo de contenidos

El artículo 145 se habla de que "los concesionarios que presten servicios de internet podrán, entre otras cosas, bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario, cuando medie orden de la autoridad".

Se cuestiona la ambigüedad del artículo, ya que no se menciona cuál es el usuario ni la autoridad reguladora. Por ello, debería establecerse qué es el usuario final y que la autoridad debería de ser de carácter judicial para después de mediar un litigio.

Intervención

El artículo 190 establece que "los concesionarios están obligados a permitir que las autoridades ejerzan control y ejecución de intervenciones de las comunicaciones privadas. Pero "las conversaciones privadas gozan de inviolabilidad en la Constitución". Se debe establecer qué casos.

Control

"Los concesionarios de telecomunicaciones están obligados a guardar un registro y control de comunicaciones que se realicen en cualquier dispositivo" Dicho artículo no hace referencia al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), que es la encargada de preservar la confidencialidad.

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Escrito en: Telecomunicaciones REFORMA-TELECOM Telecomunicaciones

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