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Revisarán sentencia contra Succar Kuri

El plazo que estipuló el Tribunal Colegiado para que la magistrada subsane la omisión del secretario de acuerdos, es de 15 días. (ARCHIVO)

El plazo que estipuló el Tribunal Colegiado para que la magistrada subsane la omisión del secretario de acuerdos, es de 15 días. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La sentencia por 112 años de cárcel dictada en agosto del 2011 al pederasta confeso Jean Succar Kuri por el delito de pornografía infantil y corrupción de menores, en perjuicio de siete víctimas, será revisada de fondo y existe la posibilidad de que sea modificada, admitió la magistrada titular del Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, María Adriana Barrera Barranco.

En entrevista, la actual titular del Tribunal Unitario indicó que si bien debe subsanarse la falta de la firma del secretario de acuerdos que dio fe de la sentencia originalmente dictada por el magistrado, José Ángel Máttar Oliva, ella tiene la facultad de revisar el fondo del asunto.

"Los efectos del amparo me dan libertad de jurisdicción, lo que significa un nuevo análisis", dijo.

A pregunta expresa, respondió que la revisión puede dar como resultado la ratificación del fallo dictado por Máttar Oliva, pero también -admitió- abre la puerta para modificar la sentencia.

"Sí, podría ser modificada", expresó, sin ahondar más en ese punto, al argumentar que no puede dar mayores detalles en cuanto al tema.

Barrera Barranco expuso que tampoco podía explicar por qué en el amparo concedido a Succar Kuri por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, se habla de una sentencia de 70 años, cuando en realidad el fallo de Máttar Oliva fue de 112 años y seis meses.

"Eso ya sería entrarle al fondo del asunto y me está impedido emitir comentarios sobre eso", argumentó; sin embargo, recordó que a partir de modificaciones hechas a la ley, nadie puede ser sentenciado por más de 60 años.

La magistrada aceptó que está frente a un caso polémico, con una sentencia histórica de por medio y siete -hoy jóvenes- que esperan una respuesta de la justicia, respecto a los actos que las dañaron siendo menores de edad, los cuales se atrevieron a denunciar.

"Implica responsabilidad, como en cualquier asunto. Con esa mesura hay que verlo", respondió ante la pregunta y añadió: "No siento presión".

En una nota informativa, citada por la propia magistrada, el Consejo de la Judicatura Federal, precisó ayer que "una persona condenada a 70 años de prisión por pornografía infantil y corrupción de menores (Succar Kuri, preso en la cárcel de Cancún) obtuvo el amparo 216/2013 concedido por el Primer Tribunal Colegiado, "para el único efecto de que el Tribunal Unitario emisor de la sentencia, subsane la falta de la firma del secretario de acuerdos de dicha resolución (...).

En esa tarjeta informativa se indica que el Tribunal Unitario debe emitir "una nueva resolución", que contenga el nombre, apellido y firma del magistrado que "emita la sentencia" -que en este caso será Barrera Barranco- y el secretario de acuerdos asignado, de acuerdo con el artículo 98 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Comentó que, de acuerdo a un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se concluyó que la ausencia de este tipo de datos deja en estado de indefensión a las partes, al no existir "certeza de autenticidad" en las actuaciones judiciales y administrativas.

Agregó que, con base en ese criterio, han recibido diversos amparos y emitido nuevas sentencias, sin contar con las que están pendientes. Muchas ellas, se han ratificado y otras, han sido modificadas.

El plazo que estipuló el Tribunal Colegiado para que la magistrada subsane la omisión del secretario de acuerdos, es de 15 días.

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