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Cambia el proceso contra telefónicas

Corte. En la fotografía aparecen los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Corte. En la fotografía aparecen los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

AGENCIAS

Para una empresa telefónica, ser considerada autoridad en un amparo es muy diferente a litigar una demanda civil, a la que acude en igualdad de circunstancias que su contrincante.

Por ejemplo, las autoridades que incumplen una suspensión dictada en amparo pueden ser acusadas penalmente, y las que incumplen una sentencia de fondo pueden ser consignadas penalmente por el delito de abuso de autoridad.

El caso de los indígenas otomíes llegó a la Corte porque Telmex impugnó la admisión de la demanda de los residentes de la comunidad de San Ildefonso, pero cuatro de los cinco ministros de la Sala consideraron ayer que el amparo no se puede desechar por notoria improcedencia, sino que el juez de distrito tiene que estudiar los argumentos de los quejosos.

"La ley da el carácter de autoridad responsable a los particulares que realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos de las personas y sus funciones estén determinadas por una norma general, lo que no se encuentra acotado a las características de imperatividad, coercitividad y unilateralidad de dichos actos", afirmó la mayoría.

"Por tanto, en el caso es necesario el análisis de los argumentos y pruebas que en su caso aporten los quejosos, así como lo planteado por las autoridades en sus informes justificados, que conduzcan a tener mayores elementos de convicción para decidir si el acto reclamado tiene o no el carácter de un acto de autoridad".

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