Durango

Alarman cifras por violencia sexual en Durango

Se busca garantizar la interrupción del embarazo y evitar la revictimización

Hasta el mes de junio en Durango se registraron 482 delitos contra la libertad y la seguridad sexual; de estos, las carpetas de abuso sexual encabezan la lista de las investigaciones.

Hasta el mes de junio en Durango se registraron 482 delitos contra la libertad y la seguridad sexual; de estos, las carpetas de abuso sexual encabezan la lista de las investigaciones.

CLAUDIA BARRIENTOS

Según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en Durango se registraron 482 delitos contra la libertad y la seguridad sexual, al mes de junio del presente año, siendo primer lugar los casos de abuso sexual con 188 carpetas de investigación.

Expuso lo anterior la diputada Karen Fernanda Pérez al exponer los motivos de una iniciativa para modificar la Ley de Salud presentada en el Congreso con el fin de garantizar protección y acceso a la justicia sin revictimización a quienes han padecido violencia sexual.

Se informó que, después del abuso sexual está el delito de violación con 103 denuncias, luego el de acoso sexual con 40, hostigamiento sexual con siete, violación equiparada con dos denuncias; y 142 por otros delitos que atentan contra la libertad y la seguridad sexual.

Calificó como alarmantes estas cifras que reflejan una problemática social que en muchas de las ocasiones es invisibilizada. "Las personas que han sido objeto de una conducta en agravio de su libertad sexual, las mujeres, niñas y niños tienen derecho a no ser revictimizadas, ni maltratadas por la autoridad, por lo que es necesario establecer normas y protocolos de actuación dirigidos a alcanzar este objetivo, logrando con ello el respeto cabal de los derechos humanos de las víctimas", mencionó.

ATENCIÓN INMEDIATA

Refirió que la Norma Oficial Mexicana para la violencia familiar, sexual y contra las mujeres establece que las instituciones prestadoras de servicios de atención médica, deben ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento, la anticoncepción de emergencia, dando previamente la información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la mujer tome una decisión libre e informada.

En caso de embarazo por violación, las instituciones de salud deben prestar el servicio de interrupción voluntaria del embarazo.

Para ello, y de acuerdo a la NOM-046-SSA2-2005, sólo es necesario presentar una solicitud por parte de la usuaria mayor de 12 años de edad, en donde, bajo protesta de decir verdad, manifieste que dicho embarazo es producto de violación sexual. Se establece que si la usuaria es menor de 12 años, la solicitud debe ser presentada por el padre, madre o tutor.

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