Finanzas Economía Mexicana Trabajadores México IMSS Empleo Formal Wall Street

OMBUDSMAN FISCAL

CANCELACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES Y DE EMBARGO DE UN BIEN INMUEBLE

ANDRÉS LÓPEZ LARA

En esta oportunidad les comparto el caso de unapersona física que acudió a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)a presentar una Queja en contra de actos atribuidos a una Administración Desconcentrada de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT),toda vez que continuaban vigentes diversos créditos fiscales y el embargo de un bien inmueble practicado para su cobro, no obstante, que esos créditos fueron declarados nulos mediante sentencia firme de mayo de 2017, dictada en el juicio contencioso administrativo que interpuso.

La quejosa manifestó que en virtud de esa sentencia solicitó a la autoridad recaudadora que dejara sin efectos los créditos fiscales y cancelara la inscripción del embargo en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México; sin embargo,ya había pasado el tiempo y la autoridad no le daba una respuesta.

PRODECON admitió la Queja y requirió a la autoridad que rindiera un informe con relación al planteamiento expuesto por la pagadora de impuestos; en respuesta la recaudadora señaló que los créditos fiscales se encuentran dados de baja y, por otra parte, solicitó que la contribuyente precisara el antecedente registral del bien inmueble, ya que éste no cuenta con anotación de embargo alguna que cancelar. Lo anterior se dio a conocer a la quejosa y, posteriormente proporcionó los datos solicitados por la autoridad.

En seguimiento a la Queja, PRODECON realizó acciones de investigación para que la autoridad comunicara el trámite dado al escrito de la contribuyente y, en su caso, acreditara haber ordenado la cancelación del embargo referido.

En respuesta señaló que el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Gobierno de la Ciudad de México le informó que la cancelación del embargo quedó debidamente asentada en los folios reales respectivos.

El resultado logrado se dio a conocer a la contribuyente, quien respondió que ya había verificado dicha situación y con ello quedó satisfecha su pretensión.

Si bien he compartido con ustedes, amables lectores, casos similares, resulta importante destacar que mediante el procedimiento de Queja ante PRODECON, la contribuyente conoció que los créditos fiscales cuya nulidad obtuvo mediante una sentencia firme, ya habían sido cancelados en los sistemas del SAT, así como los datos que se necesitaban para que se cancelara la inscripción del embargo practicado sobre un bien inmueble de su propiedad.

Es decir, sin necesidad de agotar un recurso administrativo o un juicio, sino a través de un procedimiento de salvaguarda de derechos que además de práctico y flexible, es gratuito.

Si Usted tiene un problema con el SAT, el IMSS, el INFONAVIT, la CONAGUA, o algunas autoridades de los Estados cuando actúan como coordinadas respecto de impuestos federales, PRODECON puede apoyarlo, por lo que lo invito a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas o a través de nuestra página electrónica www.prodecon. gob.mx. Le recuerdo que todos nuestros servicios son gratuitos.

Autor: Andrés López Lara, Subprocurador de Protección de los Derechos de los Contribuyentes de PRODECON. Correo electrónico: andres.lopez@ prodecon.gob.mx.

Leer más de Finanzas

Escrito en: ANDRÉS LÓPEZ LARA

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Finanzas

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 1479463

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx