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Más sobre las comisiones en la legislatura local

JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA

A las Comisiones, en general, se les ha creado mala imagen. A propósito de ellas se ha dicho que al caballo lo hizo Dios y al deforme dromedario una comisión. También que cuando no se quiera resolver un problema, bastará con que se le encargue a una comisión. No debe ser el caso de las Comisiones legislativas. Sin éstas, el funcionamiento de los Parlamentos no sería posible. La clave está en su adecuada conformación y el número de sus integrantes. Así como en la clara definición de la materia a su cargo.

Por cuanto hace a su conformación, ésta ha de ser -se supone- de especialistas en la materia. Es decir, por quienes, entre los legisladores, más conocen de o tienen experiencia en la misma. Finalmente, como "no hay más cera que la que arde", habrá que echar mano de lo que haya y dotar a las comisiones de al menos un buen asesor profesional. Lo que no es ético es incorporar a un diputado a una Comisión de cuyos temas no tenga conocimiento, a costa de otro que sí lo tiene.

Por lo que hace a la naturaleza de las Comisiones de carácter permanente, también llamadas ordinarias, éstas son: de dictamen, de vigilancia y de investigación, cada una sobre una misma área o materia.

También las hay Especiales, de carácter transitorio, como la famosa "Comisión Colosio", supuestamente para llevar un monitoreo sobre la investigación del homicidio del candidato presidencial asesinado, Comisión que en la Cámara de Diputados tuvo larga duración y utilidad práctica ninguna. Otro ejemplo de este tipo de Comisiones Especiales lo tenemos en la de Investigación sobre la Deuda Pública Estatal de Coahuila, que funcionó (es un decir) en las dos anteriores Legislaturas sin llegar a nada práctico o útil.

Conforme a su naturaleza legislativa, se supone que la mayoría de las Comisiones deben ser de dictamen. Su labor consiste en estudiar y analizar propuestas e iniciativas de ley o decreto para formular dictámenes, que son sometidos al Pleno de la Asamblea para su discusión y aprobación, en su caso.

Las otras Comisiones, las de investigación y vigilancia, producen Informes, que asimismo se someten al Pleno para que éste acuerde lo procedente.

En Coahuila la Ley Orgánica del Congreso (LOC) dispone que éste contará con 25 Comisiones Permanentes de dictamen (art. 88), además de los llamados Comités (que se constituyen "para realizar tareas diferentes a las de las comisiones", según la sesuda definición que de éstos trae el art. 132) y que ahora son cuatro.

La propia LOC enuncia puntualmente, uno a uno, los asuntos que corresponde desahogar a cada Comisión (arts. 89 a 112 Bis). De un detenido análisis a estos preceptos se llega a la conclusión de que más o menos la mitad de esas 25 comisiones tiene asignados mayormente asuntos no susceptibles de ser dictaminados, desde el punto de vista legislativo, por tratarse de materias que en sentido estricto no son de la competencia estatal sino federal, o bien porque se entiende que su creación obedece a la necesidad de realizar gestorías, así como recibir y atender quejas. En otros casos una misma materia, como la relativa a Derechos Humanos, se fracciona en diversos aspectos específicos relativos a éstos y los atribuye a cuatro o cinco diferentes comisiones. No tiene sentido.

En mi opinión debe haber sólo entre once y doce comisiones, las que en lugar de estar integradas generalmente por 7 miembros lo estén por 9. Y que cada diputado en lugar de formar parte de 5 comisiones, y excepcionalmente de un mayor número, sólo pueda pertenecer a tres, y a dos quienes presidan (coordinen) alguna. Es lo razonable.

Una posible explicación de la existencia de tantas comisiones y de que cada diputado pueda pertenecer a cinco, o más, se encuentra en el hecho de que se paga una compensación por asistencia a cada sesión de comisión, que debe ser al menos una por mes (arts. 83 y 121) y que muchas veces sólo son virtuales o simuladas. Considero que este estipendio no se justifica.

Esos recursos, y otros adicionales, deben destinarse a reforzar el cuerpo de asesores y apoyo técnico con los que ha de contar cada comisión, en particular las que tienen a su cargo los asuntos de mayor relevancia.

No estoy inventando esto de la relevancia o importancia de algunas. En la realidad así es, aunque formalmente a todas las comisiones ha de reconocerse la misma jerarquía. De hecho la propia LOC, sin decirlo expresamente, así lo da a entender. ¿Cómo? Cuando sólo a tres Comisiones autoriza a disponer de Secretarios Técnicos (art. 280), a saber: Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia; Hacienda y Cuenta Pública, y Finanzas (y en otro párrafo del mismo art. 280 se agrega a Auditoría Gubernamental).

Cuando este artículo vea la luz, es probable que ya se hayan aprobado las Comisiones de la LXI Legislatura y que sigan siendo 25. Será lamentable, pero hay forma de rectificar. La LOC establece que "el Pleno del Congreso podrá … disminuir el número de comisiones permanentes … al inicio o durante el ejercicio constitucional" (art. 113)

Obviamente el tema no se agota aquí. El Congreso de Coahuila debe cambiar para bien. Chesterton escribió que si vale la pena hacer algo, vale la pena hacerlo bien.

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Escrito en: Juan Antonio García Villa

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