Finanzas Economía Mexicana Trabajadores México IMSS Empleo Formal Wall Street

Ofrece ventajas pagar impuestos

LA DESAPARICIÓN DE LA FIGURA DE REPECOS ES UNO DE LOS CAMBIOS DE LA REFORMA

Cambios. Con la Reforma Fiscal ahora el SAT permite a quienes eran Repecos migrar al RIF, con lo que podrán permanecer en él diez años.

Cambios. Con la Reforma Fiscal ahora el SAT permite a quienes eran Repecos migrar al RIF, con lo que podrán permanecer en él diez años.

AGENCIAS

El pagar impuestos en tiempo y forma también puede traer beneficios a su empresa. Aunque no se crea, pero aunque el pago de tributos es una obligación para los causantes, el hacerlo puede traerle a las Pymes mayores beneficios.

Expertos opina que existen muchas dudas sobre la aplicación de los recursos que maneja el gobierno, sobre todo por la calidad en los servicios públicos, sin embargo, se aconseja estar al corriente el pago, ya que ello permite planear y crecer en el largo plazo.

Varios mexicanos lo piensan y lo llevan a cabo. De acuerdo con las cifras actualizadas, la Procuraduría en Defensa del Contribuyente (Prodecon), señala que seis de cada diez personas no los pagan, mientras que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre 2000 y 2010 el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) -el cual ya no existe, pero agrupaba a pequeños negocios- registró evasión superior al 96%.

Sin embargo, tributar tiene sus ventajas. "Te da formalidad y te abre puertas. Cuando el emprendedor logra consolidar un negocio, lo primero que necesita es financiamiento, pero no lo va a encontrar si no ha pagado impuestos o se dedica a declarar utilidades menores para pagar menos. Ahí se cierra la puerta del financiamiento", explica Jorge Cuenca Ham, integrante del Comité Técnico Nacional de emprendimiento y tesorería del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas y director de finanzas de Construye AIC, una empresa dedicada a la construcción.

La Reforma Fiscal aprobada a fines de 2013 trajo varios cambios a los que hay que acostumbrarse. El principal relacionado con la forma de pagar impuestos de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) fue la desaparición de la figura de los Repecos dentro del que estaban aquellos comercios que no excedían los ingresos de dos millones de pesos, por lo que aquellos que estaban dentro de este régimen migraron automáticamente al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que tiene entre sus ventajas la de permitirte permanecer en él hasta diez años y exentar durante el primer año 100% del pago de Impuesto Sobre la Renta y los años siguientes permite que la exención disminuya progresivamente 10%.

En el caso de las personas morales, es decir, de las asociaciones mercantiles -que suelen ser empresas más consolidadas- hubo una reducción de deducibilidad de las aportaciones a los fondos de pensiones y jubilaciones de 100% a 53%, además de que los recibos de nómina también deberán entregarse de manera electrónica.

Otro cambio que exige la ley es que la presentación de las declaraciones fiscales deben realizarse obligatoriamente de manera electrónica. Ya no es una opción sino que forzosamente se deberá hacer de esta manera, tanto para los que reciben ingresos por honorarios o arrendamiento, como las empresas, las personas físicas con actividad empresarial e incluso los inscritos en el RIF deben presentar declaraciones a través de esta vía, lo que hace necesario también manejar todos los comprobantes fiscales de manera digital. Esto también implica que se debe tener la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y el Sello Digital, indispensable para firmar de manera electrónica.

Ángel Méndez Mercado, consultor y académico de la Universidad La Salle asegura que en este tema, una de las cosas principales que debe hacer un emprendedor es documentarse; si bien los trámites están orientados a hacer el pago más sencillo, es necesario también buscar asesoría especialistas.

 ¿EN QUÉ RÉGIMEN ESTÁS?

Primero tienes que identificar bajo qué régimen estás o vas a constituir tu empresa, porque de esto dependerá la manera en la que vas a pagar impuestos, ya que en cada uno varía la forma de tributar. Si inicias apenas, tienes que encontrar el que más se ajusta a tus necesidades para luego inscribirte al Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Los requisitos están en la página de internet y deberás hacer una cita también por esta vía.

Si eres un emprendedor que apenas inicia, analiza si te conviene más inscribirte en el régimen de personas físicas con actividad empresarial o bajo la nueva figura de RIF. Aquí entran aquellos que realizan actividades empresariales, que vendan o presten servicios que no requieren para su realización un título profesional y que sus ingresos no hayan excedido los dos millones de pesos. A éstos pudieron incorporarse además de los repecos aquéllos que pertenecían al régimen intermedio (sus ingresos son mayores a dos millones de pesos). Ejemplos son salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, papelerías, fruterías, etc. "Este régimen te permite crecer paralelamente, el estímulo aquí es para que estés en la formalidad", explica Cuenca Ham.

En cuanto a las personas morales, se entiende por éstas a las sociedades y asociaciones que realizan actividades lucrativas. Entran en este régimen las sociedades mercantiles, las anónimas, las de responsabilidad civil de capital variable, las asociaciones civiles, las instituciones de crédito, etcétera, es decir, empresas más consolidadas.

Bajo este régimen las responsabilidades fiscales son mayores, así que debes poner atención a la manera en la que te constituyes para que puedas estar en el régimen correcto y que los impuestos no te coman.

"Hay tanta terminología que confunde, que si no escogemos adecuadamente nuestro régimen, vamos a tener problemas al final del día, porque vamos a tener obligaciones que ni nos correspondían", explica Méndez Mercado.

Una de las ventajas que ofrecen los cambios en esta materia es que puedes recibir directamente asesoría del SAT. Lo primero que tienes que hacer es preguntar todas tus dudas. Es posible sacar a través del sitio de internet del SAT una cita.

Aquí podrán ayudarte a registrarte en el RFC y a todos los requisitos que necesitas, como es la FIEL, sello digital, entre otros.

Si piensas en constituir una sociedad mercantil, el mismo notario tiene la posibilidad de registrarte ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y obtener tu RFC, pregúntale.

96 POR CIENTO Es la evasión reportada por la SHCP en Repecos
60%DE LOS Causantes evade pagar impuestos, según Prodecom
...Cuando el emprendedor logra consolidar un negocio, lo primero que necesita es financiamiento..— JORGE CUENCA HAM, Miembro del IMEF

Declara lo que ganas al fisco

Además de que es una obligación ante la ley, esta es una recomendación que te retribuirá en beneficios. "Es más beneficioso dar una alta utilidad y que la puedas demostrar con un documento que presentaste ante Hacienda y ésta lo va a respaldar, y que vayas a una fuente de financiamiento y con esto demuestres la utilidad operativa y neta y que pagas impuestos por ello. Te da más posibilidades de obtener un crédito sin tener un historial muy grande", explica Jorge Cuenca. Más que declarar que tuviste mucho ingreso, lo que tienes que demostrar es que tuviste una buena utilidad operativa, es decir, tus ganancias.

Esta formalidad en tus estados financieros frente a la Secretaría de Hacienda te permite también ganar confianza frente a tus proveedores, que es la manera más común a través de la que se financian los emprendedores al inicio.

Otro beneficio es que puedes aprovechar esta formalidad para ahorrarte capital de trabajo a través de la deducibilidad de impuestos en otros servicios que necesite tu empresa, como renta de equipo, por ejemplo. A la hora de pagar impuestos necesitas abrirte a la tecnología. La recomendación, que ya se convirtió en obligación por ley gracias a la nueva Reforma Fiscal, es entrarle inmediatamente a los servicios electrónicos.

Si tienes ingresos mayores a 250 mil pesos al año, ya debiste de haber migrado al esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (llamado comúnmente factura electrónica), para entregar este documento por cada compra, porque de otra manera, te habrás hecho acreedor a una multa. Todos los comprobantes que no son digitales (CFD), ya desaparecieron. Si no tienes ingresos mayores a esta cantidad, pero quieres dar factura, lo tienes que hacer a través de la vía electrónica, ya sea gratuitamente por medio de la página del SAT o de los proveedores autorizados.

Lo que debes saber...

Los causantes deben seguir estos consejos:

1) Informarse. Es necesario pedir asesoría, estar pendiente del sitio y comenzar a navegar en el portal del SAT con el objetivo de familiarizarse con las plataformas que se utilizarán.

2) Si no tienes una cuenta de banca electrónica en alguna institución bancaria, sácala ya. Tu contabilidad debe coincidir con tus estados de cuenta bancarios.

3) Entrega facturas y notas de venta en cada compra, así podrás llevar un control para realizar tu contabilidad.

4) Debes de solicitar comprobantes de tus deducciones, ya sean gastos, compras e inversiones como compra de equipo, mobiliario o construcciones, para calcular los pagos mensuales del ISR con base en las deducciones que puedas hacer (éstos tendrán que ser electrónicos). Tienen que estar relacionados con las ventas y servicios que realizas y puedes deducir sueldos y salarios en el caso de que tengas trabajadores laborando en tu empresa. Con esto, además podrás acreditar el IVA de lo gastado contra el IVA que tengas a tu cargo.

5) Tus estados de cuenta bancarios deben coincidir con tu declaración de impuestos, por lo que debes procurar tanto si cobras un producto como si realizas un egreso -sueldos también- realizarlo por medios electrónicos con el objetivo de que tengas trazabilidad de tus operaciones.

6) Dentro de tu operación, busca proveedores formales que te ofrezcan factura electrónica y pídeles un contrato al inicio de la operación, esto te va a ayudar a demostrar que existe una relación laboral.

Ofrece ventajas pagar impuestos
Ofrece ventajas pagar impuestos

Leer más de Finanzas

Escrito en: Impuestos

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Finanzas

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Cambios. Con la Reforma Fiscal ahora el SAT permite a quienes eran Repecos migrar al RIF, con lo que podrán permanecer en él diez años.

Clasificados

ID: 985531

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx