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La Constitución y las leyes

FRANCISCO VALDÉS UGALDE

En este periodo de sesiones del Congreso se procesa un verdadero aluvión de leyes reglamentarias de las reformas constitucionales que se efectuaron el año pasado. Entre ellas la de telecomunicaciones y la político-electoral. Son muchos los asuntos fundamentales para la nación que están en juego, entre otras el destino de las telecomunicaciones, el sector energético y la competencia electoral. En ambas materias la diferencia entre buenas y malas leyes será la diferencia para México entre un país que toma en sus manos su destino para desarrollarse o decide mantenerse en el atraso. Atraso que ha sido desafiado por las reformas constitucionales de las que deben derivar y a las que deben servir las nuevas leyes.

Por eso conviene recordar las diferencias esenciales entre la Constitución y la ley y el trasfondo de las consideraciones que deberían estar presentes en la cabeza de los legisladores que se aprestan a aprobarlas. La primera de ellas es la diferente dimensión en que se ubican. La Constitución es el pacto; el recuento expreso de los derechos que tenemos los mexicanos (y todo ser humano en México) y la estipulación de la forma en que nos damos gobierno. Son las reglas del juego fundamentales; las que deben dar certidumbre sobre lo que a cada quien corresponde dar y recibir; las que encierran los valores esenciales de la convivencia económica, política, social y cultural. Las segundas son las formas concretas de instrumentar esos valores, reglas y derechos, de ponerlos en práctica, de hacer que se respeten y que sean "justiciables". El valor fundamental de una democracia constitucional es la justicia y sus dos ramas principales la equidad y la solidaridad. Toda acción contraria a ese valor, sea ocasional o sistemática, pone en riesgo al Estado y somete a la sociedad al arbitrio de poderes ilegítimos.

En nuestro sistema constitucional, esa diferencia de dimensiones hace que la Constitución y la ley operen diferente. Por ello hay órganos facultados para decidir o garantizar la constitucionalidad y otros para la legislación ordinaria. Modificar la Constitución requiere mayoría calificada en el Congreso general y el concurso de la mayor parte de las legislaturas de los estados. La legislación federal requiere del acuerdo de la mayoría de ambas cámaras del Congreso o de alguna si se trata de materias exclusivas. Las legislaturas estatales están subordinadas a la Constitución y las leyes federales y deben legislar de conformidad con ellas.

La rigidez de la Constitución impide su transformación a capricho en un medio democrático y competitivo. Lamentablemente no era así cuando estas condiciones no se reunían y el presidente era el gran legislador a través de la subordinación de los poderes Legislativo y Judicial. Las reformas realizadas en el Poder Constituyente en 2013 constituyen cambios importantes en los consensos sobre las materias que tocan y que se consiguieron por concurrencia de las fuerzas políticas principales. Educación, competencia, finanzas, impuestos, telecomunicaciones y energía. Seis motores fundamentales para que el país despegue y la reforma política para conducirlos. No son minucias, sino asuntos trascendentales para el futuro del país. Lo que los legisladores tienen en sus manos es de importancia histórica. No pueden traicionar el sentido de las reformas constitucionales sin ahondar el desprestigio de la política. Llegó la prueba de ácido para prestigiar la Constitución o para escenificar un capítulo vergonzoso. El incumplimiento de la Constitución hace que el Estado sea una escenificación permanente del atraso. La Constitución es un compromiso superior, una forma de atarnos para ser libres. Hacerla cumplir en la ley y con la ley es imperativo para hacerla creíble.

Twitter: @pacovaldesu

(Director de Flacso en México)

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