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Pensión del IMSS, ¡qué viacrucis!

Análisis de la noticia

ARTURO CASARES GONZÁLEZ

Lo aquí descrito va dirigido en primera instancia a las personas que están próximas a su jubilación, así como a quienes tarde que temprano pasarán por este proceso y de manera particular, a las autoridades del IMSS, del Infonavit, las Afores y la Consar para que tomen nota y ayuden con la tramitología que esto conlleva.

De acuerdo con la Ley de 1973, la jubilación puede ser a partir de los 60 años, con al menos 500 semanas de cotización.

El primer trámite es acudir a la oficina administrativa del IMSS que corresponde al domicilio de la persona a jubilarse y solicitar la confirmación de semanas cotizadas o en su defecto hacer la solicitud vía internet.

Si el monto de las semanas corresponde al de su historial laboral ya salvó el primer obstáculo, pues de otra manera tendrá que demostrar que tiene más semanas cotizadas con la documentación que lo avale.

Una vez que se cuenta con dicha confirmación, es necesario acudir a la Afore para efectuar el "PRE REGISTRO" presentando la siguiente documentación, en original y copia:

€*Vicepresidente del Comité

Técnico Nacional de Seguridad Social del IMEF.

Su correo electrónico es acasares@apíassa.com

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