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Aún puede dirigencia del PRD prorrogar mandato: IFE

EL UNIVERSAL

Por unanimidad, el Instituto Federal Electoral (IFE) informó al PRD que su dirigencia puede prorrogar su mandato, pues aún se encuentra en etapa de revisión de la constitucionalidad de las reformas al estatuto de ese partido.

En respuesta a la consulta realizada el pasado 16 de febrero por el presidente nacional del PRD, Jesús Zambrano, sobre la legalidad de una ampliación de su periodo, en caso de que el proceso interno esté en curso y sólo pendiente de calificación, el IFE le informó que existe jurisprudencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) según la cual en ciertas circunstancias esa ampliación es válida.

Esa prórroga opera "ante una causa extraordinaria y transitoria" por la cual no haya sido posible renovar la dirigencia partidista y "continuarán en el cargo aquellos que fueron electos hasta que sea posible su renovación".

El IFE expuso que "se encuentra analizando la constitucionalidad y legalidad de preceptos del Estatuto que rigen el proceso de selección de dirigentes del PRD, así como las diversas impugnaciones presentadas, dicha situación constituye un supuesto extraordinario y transitorio.

"De ahí que conforme a lo establecido en la jurisprudencia operaría la prorroga en la duración del cargo partidista", informó el Instituto.

Otra consulta realizada por el PRD consistió en la posibilidad de omitir el plazo de 90 días entre la emisión del Reglamento de Elecciones y la Convocatoria para la renovación de la totalidad de los órganos de dirección, pero en este caso el IFE notificó al PRD que no se puede obviar ese periodo de tres meses.

La Jurisprudencia 48/2013 que se hizo del conocimiento del PRD -y es de cumplimiento obligatorio al resolver casos similares- establece "dirigentes de órganos partidistas, opera una prórroga implícita en la duración del cargo cuando no se haya podido elegir sustitutos por causas extraordinarias y transitorias".

El argumento es que el artículo 27 de Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) exige que la integración y renovación de los órganos directivos de un partido político se realice a través de procedimientos democráticos, pero si se demuestra "que por causas extraordinarias y transitorias, no ha sido posible su renovación, opera una prórroga implícita en la duración de los cargos, hasta que se elijan sustitutos, salvo disposición estatutaria en contra".

Esto garantiza, de acuerdo a la Tesis del Tribunal, que por el tiempo en que se extienda la dirigencia el partido cumpla con sus funciones, "lo cual se imposibilitaría, de estimar el cese inmediato de las atribuciones de los dirigentes a la conclusión del encargo, sin haber elegido a quienes deban realizarlas".

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Escrito en: PRD

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