Torreón domingo 27 de sep 2009, 9:09am - nota 3 de 19

NORMATIVIDAD AGROPECUARIA

AGUSTÍN CABRAL MARTELL

LA PRODUCCIÓN APÍCOLA

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A fin de sentar las bases legales para la producción de abejas en los estados, se debe legislar lo relativo a su explotación. Esta Ley debe tener por objeto la organización, protección, reglamentación, fomento, desarrollo, tecnificación de la apicultura, fortalecer a las organizaciones de los productores de miel y a los sistemas de comercialización de los insumos y productos apícolas, además deben quedar bajo los efectos de la Ley la cría, explotación, movilización, mejoramiento e instalación dentro del territorio del estado las colonias de abejas.

Para las personas que quieren identificar a las abejas éstas son insectos himenópteros de la familia de los Ápidos, que producen cera y miel.

Las autoridades que deben aplicar la Ley son el gobernador del Estado,


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