
Embarazo. Solicitar una prueba de embarazo como condición para contratarle es ilegal y puede denunciarlo a las autoridades. EL SIGLO DE TORREÓN / ARCHIVO Gómez Palacio
Si usted se encuentra trabajando y está embarazada, conozca sus derechos. En principio un patrón no puede despedirla por su estado, de lo contrario puede ser denunciado ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y en la Contraloría Interna de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Tiene derecho a un descanso de seis semanas antes del parto y seis semanas después, recibiendo su salario íntegro de 42 días (seis semanas) antes del parto y 42 días (seis semanas) después del mismo.
Para tener derecho a esta prestación del IMSS, una madre que trabaja debe haber cotizado (pagado cuotas) al IMSS por lo menos durante 30 semanas (7.5 meses) durante los doce meses anteriores. De otro modo, es el patrón quien debe pagar el salario de la madre trabajadora durante la incapac