Gómez Palacio miércoles 6 de may 2009, 8:20am - nota 1 de 3

Los delitos electorales se denuncian ante la FEPADE

DIANA GONZÁLEZ / EL SIGLO DE TORREÓN / GÓMEZ PALACIO
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Delitos. El Código Penal Federal establece los delitos electorales en sus artículos del 403 al 413. En las próximas jornadas electorales preste atención a la forma en la que se desarrollan y denuncie estos delitos.

Ante la renovación de la Cámara de Diputados, como ciudadano usted puede y debe denunciar los delitos electorales ante la Fiscalía Especializada Para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE). ¿Cuáles son estos delitos?

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Algunos de los más comunes son: Votar cuando no se tiene derecho; hacer proselitismo o presionar a los votantes en las casillas el día de la elección; comprar o comprometer, por cualquier medio los votos; obstaculizar, interferir o impedir el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales; recoger en cualquier tiempo, credenciales para votar y coartar o pretender coartar la libertad de sufragio.

Otros delitos electorales incluyen violar la secrecía del sufragio; introducir o sustraer boletas o urnas del lugar que legalmente les corresponde; destruir o alterar boletas o documentos electorales y publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión dentro de los 8 días previos a la jornada electoral.

Hay sanción para los ministros de cultos religiosos, cuando en el desarrollo de sus actos induzcan el voto o la abstención.

Los funcionarios electorales no deben alterar, sustituir, alterar o usar indebidamente documentos del Registro Federal de Electores, si lo hacen es delito.

Tampoco deben abstenerse de cumplir su función con perjuicio del proceso; ni presionar o inducir el voto en las casillas; ni propalar noticias falsas sobre la jornada.

 SERVIDORES PÚBLICOS Los servidores públicos podrían cometer delitos por los que serían sancionados.

Entre estos delitos se encuentra: obligar a sus subordinados a votar por un determinado candidato o partido político. Pero también condicionar la prestación ya sea de un servicio público o el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas a la emisión del voto a favor de un determinado candidato o partido.

Otro delito que pueden cometer los funcionarios es destinar fondos, bienes o servicios a su disposición al apoyo de un candidato o partido; y apoyar a un partido político o candidato a través de sus subordinados dentro de su horario laboral.

Los funcionarios partidistas y las organizadores de actos de campaña tienen prohibido aprovechar los fondos, bienes o servicios que le destine ilícitamente el servidor público.

Denúncielos

Conozca las formas de interponer la queja:

⇒ Si sabe de un delito puede marcar el 01 800 00 85 400, el cual cuenta con cobertura nacional y es completamente gratuito.

⇒ Puede acudir a las instalaciones de la PGR en su localidad o hacerlo por escrito mediante el formato de la denuncia en http://www.pgr.gob.mx/servicios/mail/plantilla

→ elecciones 2009
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