
La Profeco informa que cuando la empresa modifique su programación o la distribución en su red de canales que transmite, deberá informar a sus suscriptores con un mínimo de diez días naturales, la identificación de las señales ofrecidas y el número de canal correspondiente a cada una de ellas en el equipo terminal.La principal queja contra las empresas en la Profeco es que cobran multas muy altas por terminar el contrato
Porque uno de cada cuatro hogares mexicanos cuenta con televisión de paga, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recomienda a los usuarios que conozcan las obligaciones de las empresas prestadoras de este servicio, estipuladas en el Reglamento del Servicio de Televisión y Audio Restringidos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
La Profeco señala que estas empresas deben proporcionar atención al público y solución de quejas durante las 24 horas, los siete días de la semana y reparar las fallas del servicio dentro de las 24 horas hábiles siguientes al reporte de las mismas. Cuando el servicio sea suspendido parcial o totalmente por más de 24 horas cons