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Fumando espero...

Hay cantinas donde ya se prohíbe fumar, pero en la mayoría se vale de todo.

Hay cantinas donde ya se prohíbe fumar, pero en la mayoría se vale de todo.

Durango asume la obligatoriedad de la Ley General para el Control del Tabaco a partir de que emita su propio reglamento.

Vicente Guerrero, Dgo.- Aunque el 28 de agosto entró en vigor la Ley General para el Control del Tabaco en todo el país, el estado de Durango asumirá la obligatoriedad a partir de que se emita el propio reglamento de la legislación estatal, lo cual se estima que ocurrirá hasta noviembre próximo.

A partir de esta fecha y hasta que se cuente con dicho reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado, se realiza una labor de información y orientación sobre la aplicación de la normativa en edificios de uso público, establecimientos comerciales y prestadores de servicios.

Defensa.

El responsable de la oficina regional de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Durango (Coprised), Jesús Romero Torres, destacó que aunque la Ley General es aplicable en todo el territorio nacional, cada entidad federativa debe contar con su propia Ley Estatal y, a la vez, un reglamento que regule su aplicación.

El Estado de Durango dispone de una Ley Estatal para la Protección de los No Fumadores pero falta que el Congreso local apruebe el reglamento correspondiente.

Protección sanitaria.

De hecho en forma anticipada, la Coprised desarrolla campañas de información y fomento sanitario con los prestadores de servicios y responsables de los edificios de uso público, con la finalidad de que conozcan la ley y sepan identificar en qué aspectos serán regulados y sancionados si no acatan la normativa.

Romero Torres manifestó que la Ley es muy clara respecto de que no se permitirá el consumo de tabaco en todos aquellos espacios cerrados, así como en la obligatoriedad de que se destinen áreas especiales para ello, las cuales deberán estar al aire libre y completamente apartadas de los sitios de uso común.

Castigos.

Además, establece las sanciones para quienes reincidan y las cuales pueden llegar incluso al cierre temporal o definitivo de un establecimiento cuando no se haga una diferenciación entre los espacios de los no fumadores a las de aquellos en los que sí se puede consumir tabaco.

El responsable de la oficina regional de Coprised dijo también que los comerciantes y prestadores de servicios han comenzado a buscar un mayor acercamiento con la dependencia para informarse del contenido de la Ley y la forma en que se hará efectiva.

“Incluso, les estamos repartiendo letreros de prohibición de fumar si ellos no los han colocado, como una forma de ir acostumbrando a la gente a las nuevas disposiciones”.

Instrucciones

Entre las disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco que entra en vigor, figuran:

· Se prohíbe la venta de cigarrillos sueltos; colocarlos en sitios que permitan al consumidor tomarlos directamente; también se prohíben las máquinas expendedores y, desde luego, la venta a menores de edad y la distribución gratuita de dichos productos.

· Queda prohibida toda forma de patrocinio como medida para posicionar los elementos de la marca que fomente la compra y consumo de tabaco.

· La prohibición del uso de cigarro en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, así como en escuelas de educación básica y media superior, públicas y privadas.

· Las sanciones van desde amonestaciones hasta multas, clausuras temporales o definitivas hasta arrestos.

Fuente: Ley General para el Control del Tabaco.

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