Instalan mesa de trabajo para evitar o controlar actos cometidos por algunas corporaciones que realizan investigaciones.
El Artículo 21 constitucional reconoce facultades de investigación de los delitos para todas las policías, siempre que en esta función actúen bajo el mando y la conducción del Ministerio Público. Los actos contrarios deben ser señalados en las Comisiones de Derechos Humanos y mediante denuncia ante las autoridades.
“Esto es la investigación criminal que hagan por cuenta propia las policías será inconstitucional al no contar con el aval del Ministerio Público”, afirmó el procurador Eduardo Medina Mora Icaza, durante la instalación del grupo de trabajo para el Análisis de las Reformas Constitucionales Aprobadas por el Congreso de la Unión en Materia de Justicia Penal y