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Los gastos de un divorcio

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Los gastos de un divorcio

Divorciarse no sólo implica la separación de la pareja, sino dividir los bienes y aportar una pensión alimenticia para la manutención de los hijos. Sin embargo, este proceso implica tiempo y dinero.

MÉXICO, DF.- Después de una separación o divorcio, difícilmente la relación de pareja termina por completo, y menos aún si hay hijos de por medio. Esto implica derechos y responsabilidades que ambos padres deberán respetar como el pago de una pensión alimenticia.

De acuerdo con el Código Civil Federal, una pensión alimenticia se define como la obligación de asegurar la subsistencia de los menores de edad y de las personas que estén imposibilitadas física o mentalmente para obtenerla por sí mismos.

El artículo 308 de este Código establece que la pensión comprende: la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad, y para los menores de edad, además, gastos para la educación primaria y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos.

Además, el artículo 288 señala que en los casos de divorcio necesario, el juez —tomando en cuenta las circunstancias del caso y entre ellas la capacidad para trabajar de los cónyuges, y por ende su situación económica— sentenciará al culpable al pago de alimentos en favor del inocente.

De este modo, según el bufete Lomelí & Carranza, inclusive una mujer separada después de concubinato tendría derecho a una pensión alimenticia por un tiempo igual al que duró su relación, siempre y cuando demande antes de que se cumpla un año de separación, pues después de este plazo habrá perdido su derecho para obtenerla.

El procedimiento de demanda se inicia ante un Juez de lo Familiar quien determinará una pensión provisional y, después del juicio, una definitiva que se fijará conforme a las necesidades del menor y a las posibilidades del inculpado.

Incluso, las circunstancias del divorcio marcarán el porcentaje legal para otorgar la pensión alimenticia, toda vez que no existe una cantidad específica.

Por lo general, el monto oscila entre un 10% y 50% de los ingresos o el patrimonio de quien tenga que darlo.

En este sentido, de acuerdo con lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los hombres también podrán demandar una pensión en caso de resultar inocentes en el juicio de divorcio.

En los casos de separación voluntaria o necesaria se fija la pensión para los hijos y cónyuges, así como a las concubinas y sus hijos.

Si carece de recursos económicos para iniciar los procedimientos legales, puede acudir a las oficinas del DIF en todo el país, ahí le ofrecerán asesoría gratuita; o bien, en las oficinas de asuntos jurídicos de su entidad.

Caso contrario, la cotización y duración de este tipo de procesos exigen al menos ocho mil pesos de honorarios y entre tres y seis meses de tiempo.

La demanda puede tener diversas agravantes como la ausencia de reconocimiento de paternidad, cambio de residencia del demandado o la dificultad para comprobar los ingresos al establecer la pensión.

Los hombres por igual

En enero de 2007, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió por primera vez un criterio en favor de los hombres divorciados, con el que, a partir de ahora, podrán exigirle a sus ex esposas el pago de una pensión alimenticia.

Cuando en un juicio el varón es declarado inocente o no fue el responsable de la separación, la mujer está obligada a pagarle una pensión, a él y a los hijos.

A partir de ahora, sea cual sea la condición física y económica del hombre, la mujer responsable de la separación está obligada a garantizar la subsistencia de su ex esposo sin que éste cumpla ningún requisito, salvo que observe buena conducta y no vuelva a casarse.

Esta resolución se suma a la pérdida de la patria potestad cuando cualquiera de los padres se demore más de 90 días en depositar la pensión.

Además, por incumplimiento del pago de los alimentos no puede realizarse arresto pero sí confiscar los bienes reportados ante el juez.

Según el DIF, los requisitos para tramitar una demanda de pensión alimenticia son original del acta de matrimonio, original del acta de nacimiento de los hijos, domicilio particular del demandado, nombre y de la empresa en que trabaja o actividad que desempeña —si labora por su cuenta— y nombre y domicilio de dos testigos a quienes les consten los hechos.

Los pasos a seguir

■ Hay que buscar asesoría de un abogado, pero los honorarios varían de acuerdo con lo complejo del asunto. En los juzgados hay orientación gratuita.

■ La duración de los juicios puede llevar varios meses, por lo que es necesario que se haga un cálculo de os recursos que se desembolsarán.

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