Multarán con 50 mil pesos a quienes defrauden a consumidores.
El 85% de los usuarios desconfía que estén abasteciendo sus vehículos con las cantidades que registran las bombas de las gasolineras. (Archivo)
El Senado aprobó por unanimidad reformas al Código Penal Federal para sancionar a concesionarios, administradores y empleados que vendan gasolina, gas o diesel en cantidades menores a las que registre la bomba de servicio.
Habría multas hasta por 50 mil pesos y prisión hasta por 12 años, dependiendo de la gravedad de la falta, a quienes defrauden a los consumidores.
El objetivo es evitar que se engañe a los conductores de automóviles o camiones que cargan combustible y que regularmente lo hacen sin tener la certeza de que se les está vendiendo litros de a litro.
De acuerdo con estadísticas oficiales, el 85% de los usuarios desconfía que estén abasteciendo sus autos con las cantidades que registran las bombas o instrumentos de medición.
La iniciativa para sancionar a gasolineros tiene la autoría de los senadores perredistas Tomás Torres y Silvano Aureoles y fue dictaminada favorablemente por las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos.
Ricardo Monreal, también del PRD, intentó frenar en el pleno del Senado el dictamen.
Propuso regresarlo a comisiones con el argumento de que había necesidad de volverlo a estudiar para garantizar no afectar a las empresas o concesionarios de gasolineras.
Sin embargo, su propio compañero Aureoles subió a la tribuna para aclararle que lo primero era proteger el interés de las mayorías y en este caso el de los consumidores de combustibles.
El dictamen todavía se modificó durante su discusión en la sesión del Senado, a petición de los priistas José Eduardo Calzada y Francisco Labastida, porque en un principio parecía que únicamente se castigaba a empleados o despachadores que violaran la Ley.
Con la nueva redacción, se sancionará a quienes detenten la concesión o franquicia.
Lo que no prosperó en esta reforma fue la revocación de la concesión, porque, según Francisco Labastida, esto no se puede hacer a través del Código Penal Federal sino en la Ley orgánica de Pemex.
El dictamen, con los ajustes de última hora, se aprobó con 88 votos a favor. Se envió a la Cámara de Diputados para su revisión y votación.