Gómez Palacio miércoles 27 de feb 2008, 9:10am - nota 3 de 3

Es delito federal obstruir las vías de comunicación

DIANA GONZÁLEZ/EL SIGLO DE TORREÓN/GÓMEZ PALACIO, DGO.
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Bloquear una carretera es un delito federal.

Conozca las conductas que atentan contra los bienes públicos y el patrimonio de la Nación

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Si usted ocasiona un daño, perjudica, afecta o destruye parcial o totalmente el funcionamiento adecuado de vías de comunicación de los medios de transporte, servicios auxiliares, bienes o equipos de telefonía, radiodifusión o televisión ¡cuidado! podría cometer un delito federal en materia de Vías Generales de Comunicación y Correspondencia.

Los delitos federales son las conductas prohibidas y sancionadas por las leyes penales federales que afectan valores fundamentales de la sociedad, los bienes públicos, el patrimonio de los mexicanos y la seguridad nacional.

La Procuraduría General de la República tiene la facultad de perseguir y sancionar los delitos federales y se encarga de dar seguimiento a toda denuncia que se relacione con ilícitos en materia de Vías Generales de Comunicación y Correspondencia.

Estos delitos se cometen cuando una o varias personas deciden: Quitar, separar o destruir postes, alambres, máquinas o aparatos empleados en el servicio de telégrafos; cualquier componente destinado para la red pública de telecomunicaciones, que sean utilizados para el servicio telefónico, de conmutación o de radiocomunicación, así como cualquier componente de instalación o producción de energía magnética o electromagnética o sus medios de transmisión.

Cortar, quitar o desatar las ataderas que detengan embarcaciones u otro tipo de vehículo. Mover o modificar objetos (tornillos, clavos, rieles, planchas, durmientes o cambiavías) de ferrocarriles de uso público, así como descarrilar, impedir o colocar objetos que obstaculicen el libre paso de vagones y locomotoras.

Detener vehículos en un camino público, interrumpir o interferir dolosamente y con fines de lucro las comunicaciones alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica que sean para uso telegráfico, telefonía o satelitales por medio de las cuales se transfieran señales de audio, video o datos.

Descifrar o decodificar señales de telecomunicaciones distintas a las de satélites y portadoras de programas. Cometer alguna infracción a los reglamentos de tránsito y circulación al manejar vehículos de motor y que se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de una droga.

Utilizar aeródromos, aeropuertos, helipuertos, pistas de aterrizaje o cualquier otra instalación destinada al tránsito aéreo que sean usados en actividades delictivas, así como el decomiso de los objetos utilizados para el ilícito y si las instalaciones son clandestinas, la penalidad se incrementará.

Construir, instalar, acondicionar o poner en operación inmuebles o instalaciones para la realización de actividades delictuosas como los delitos contra la salud. Destruir parcial o totalmente puentes, diques, caminos o vías o utilizar explosivos, materiales incendiarios o destruir parcial o totalmente aeronaves, naves o vehículos de servicio federal o local que se encuentren ocupados por una o más personas.

La penalidad por cometer estos delitos se sanciona hasta con 30 años en prisión dependiendo el caso y pueden denunciarse al teléfono 01800 00 252 00 de la PGR sin costo.

Prevenir

Se puede prevenir informando a las autoridades correspondientes (Ministerio Público) de algún hecho ilícito mencionado.

*Evite colocar estorbos que impidan el libre tránsito en caminos públicos.

*No dañe la señalización del tránsito.

*Respete la integridad de los transportes públicos y no altere o modifique su funcionamiento.

*Evite interferir las señales de telecomunicación.

*Informe a los familiares de las consecuencias que conlleva la comisión de este delito.

*Recuerde que al cometer estos delitos daña el patrimonio de la Nación.

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