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Yunes mentiroso| Plaza pública

Miguel Ángel Granados Chapa

Mientras en la Secretaría de Hacienda confían en que la justicia federal desestimará las demandas de amparo que por miles han presentado trabajadores del Estado inconformes con la ley del ISSSTE, debido a su insuficiencia jurídica, el delegado de Elba Esther Gordillo en ese instituto, Miguel Ángel Yunes eligió la mentira, con amenaza implícita, como instrumento de disuasión contra el derecho a requerir la protección judicial.

En conferencia de prensa el jueves nueve, Yunes pretendió minimizar la dimensión del fenómeno jurídico y político que impugna la nueva legislación. Anunció que sólo había recibido 550 notificaciones relativas a aquellas demandas, siendo que en la víspera el consejero de la judicatura federal, Luis María Aguilar, dijo que en el Juzgado creado ex profeso se habían recibido 92 mil, de las que en 25 mil se había iniciado el trámite, que incluye la notificación a las autoridades responsables para que rindan los informes, previo y justificado, a que las constriñe la Ley de amparo.

Pero Yunes hizo algo más. Con engaños y amagos pretendió obturar, cuando faltaba una semana para que concluyera el término en que pueden iniciarse los juicios respectivos, el vasto caudal de demandas que tienen la fecha de hoy como límite para su presentación. Buscó asustar a los servidores públicos con una falacia: si obtienen la suspensión, provisional o definitiva, quedarán al margen de los servicios y prestaciones a que tienen derecho, pues el amparo (y sus fases previas) tienen como fin congelar la aplicación de la Ley impugnada. Con también fingida generosidad dijo que no quiere “que ningún trabajador deje de recibir los servicios de la institución y de hecho, no dejaremos de dar servicio a nadie, pero si un juez lo ordena....”.

Descuide el ex resposanble de las cárceles federales: ningún juez ordenará nada de lo que insinúa. Muchas razones jurídicas aseguran que así sea, pero la más a la mano y la de más sencillo entendimiento se expresa en la propia demanda de amparo, multiplicada por miles conforme a un formato uniforme. Su primer punto petitorio, como es usual en este género de documentos, solicita amparo “para los efectos especificados en los capítulos correspondientes”, es decir en cada uno de los diez conceptos de violación desarrollados en la demanda. Como es obvio, ninguno de esos capítulos incluye los servicios y prestaciones establecidos y como los jueces en general y los de amparo en particular acuerdan únicamente lo que los quejosos o las partes demandan, no se suspendería ningún acto administrativo favorable al trabajador o exigible por él.

No obstante la añagaza de Yunes, después del martes en que intentó la disuasión han seguido presentándose demandas de amparo. Han sido tantas que el Consejo de la Judicatura adoptó en su acuerdo general 18/2007, al comienzo de mayo, una decisión polémica. Creó un Juzgado auxiliar con competencia en toda la República y residencia en el Distrito Federal al que, confome el mismo acuerdo, se remitirán todos los expedientes ya iniciados y las demandas que hasta el día de hoy se presenten.

La decisión adolece de varios defectos. Uno puede ser de carácter constitucional, pues el Artículo 14 establece como garantía de los gobernados el que la defensa de sus propiedades (que es uno de los resortes de las demandas) se tramite ante “tribunales previamente establecidos”, no uno de nueva creación. Resulta además “cuestionable que el criterio de un solo juez sea el que rija el futuro de estos juicios” y que, por añadidura, se adopte ese acuerdo en casos ya iniciados. Como en algunos juicios se otorgó la suspensión provisional, quizá uno de los móviles para crear el Juzgado auxiliar fue impedir la emisión de tesis contradictorias y al contrario, uniformarlas.

Por otro lado, aunque la mayor parte de las demandas parte de una matriz que contiene los mismos conceptos de violación de garantías y por lo tanto, reduciendo la situación al absurdo sería posible resolver todos los juicios con una sola sentencia que después se reproduzca para cada quejoso, la carga de trabajo del Juzgado auxiliar excederá con mucho las normales en establecimientos de ese tipo y redundará en perjuicio de los justiciables. Un juzgado de Distrito tramita cuando más 15 amparos por día, es decir alrededor de mil doscientos al año. ¿Cuánto tardará el órgano auxiliar en solventar las decenas de miles de demandas que obran ya en su poder?

Desde su experiencia como juez ratificado, un lector al que agradezco su comunicación y las informaciones puntuales precedentes, considera que la imagen que el acuerdo del Consejo de la Judicatura proyecta no es “la de la independencia, objetividad e imparcialidad, sino la de un juez ad hoc para ratificar la reforma, sobreseyendo o negando los amparos”.

En opinión de mi corresponsal –que se identifica plenamente y a quien de paso informo que no recibí la comunicación anterior a que se refiere—, el acuerdo para concentrar los juicios de amparo relativos a la Ley del ISSSTE “es una muestra de la situación que impera en el órgano de administración, vigilancia y disciplina de juzgados y tribunales federales...: realmente lamentable”.

Al margen de la impugnación jurídica a la Ley de seguridad social de los empleados públicos, un considerable número de ellos continuará, hoy mismo y la próxima semana, expresando su inconformidad de distintas maneras, algunas de las cuales –como las faltas colectivas o suspensión de labores— generarán conflicto adicional.

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