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Aumentan control sobre promotores de las Afore

A través de Condusef, la Consar detectó prácticas que atentan contra los intereses de los trabajadores. (Archivo)

A través de Condusef, la Consar detectó prácticas que atentan contra los intereses de los trabajadores. (Archivo)

Ajusta el monto de comisiones por verificación telefónica y el traspaso de cuentas individuales

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México, DF.- La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) modificó las reglas generales a las que deben sujetarse los agentes promotores de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), luego de detectar prácticas que atentan contra los intereses de los trabajadores.

Con estas disposiciones se refuerzan los controles para evitar registros o traspasos indebidos de cuentas individuales por parte de los agentes promotores, señala la Circular Consar 05-9 publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Precisa que la inscripción en el Registro de Agentes Promotores es requisito indispensable para desempeñar las actividades de comercialización, orientación, promoción, registro o traspaso de cuentas individuales de los trabajadores.

Asimismo, señala que la información de un agente promotor, su número de registro y estatus, el nombre de la Afore en la que presta sus servicios, así como su historial de amonestación o en su caso, suspensión o cancelación del registro estará disponible a través de los centros de atención telefónica de las Empresas Operadoras.

Además, el público en general podrá consultar el Sistema de Información de Agentes Promotores en la página de Internet www.consar.gob.mx.

Las disposiciones establecen asimismo el procedimiento y requisitos para el registro de los agentes promotores, así como los Exámenes de Postulación, Revalidación y Actualización que deberán presentar, y mediante los cuales la Consar verificará que poseen información actualizada del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).

Precisan asimismo las funciones del Auditor de los Procesos de Registro y Traspaso que designen las Afore, así como las sanciones a que se harán acreedores cuando no informen a la Consar o falseen el aviso de aquellos agentes promotores que dejen de prestar sus servicios en las administradoras.

Las nuevas disposiciones señalan que los agentes promotores son responsables de que los expedientes que correspondan a las solicitudes de Registro y de Traspaso que gestionen se integren conforme a los requisitos establecidos en las reglas expedidas por la Consar.

Conforme a las reglas, la Afore deberá notificar a la comisión aquellos casos en que el agente incumpla con lo anterior, para que proceda a aplicar la sanción correspondiente.

La Consar amonestará al agente cuando cometa la falta por primera vez; la segunda ocasión suspenderá por un plazo de seis meses su registro y por un plazo de una año calendario la tercera vez.

Asimismo, las Empresas Operadoras o las Afore deberán notificar a la Consar cuando tengan elementos suficientes para inferir que dos o más agentes promotores actúan en colusión y se organizan para realizar cadenas y/o series de traspasos, o para obtener el traspaso de cuentas individuales, sin el consentimiento de los trabajadores.

Comisiones bajo la lupa

En otra circular, la Consar 14-13, la comisión dio a conocer modificaciones a las reglas generales que establecen el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR.

Así, precisa que por la verificación telefónica con el trabajador sobre su consentimiento para el traspaso de la cuenta individual, las Empresas Operadoras cobrarán una comisión de 35 pesos como máximo en el Distrito Federal y área metropolitana, y de 38 pesos por llamada a cualquier entidad federativa.

Asimismo, por el proceso de traspaso de cuentas de una Afore a otra a través de agente promotor, cobrarán por la certificación, en la Base de Datos Nacional SAR, de trabajadores asignados o registrados, sin perjuicio de que ésta sea o no aceptada, una comisión de 9.27 pesos por cada cuenta individual.

La circular indica que las Empresas Operadoras no podrán cobrar comisión alguna por validar los datos de las credenciales para votar con fotografía expedidas por el IFE de los trabajadores.

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