Torreón miércoles 15 de nov 2006, 11:22am - nota 1 de 18

Delito, incumplir con la asistencia familiar

René Arellano Gómez

ASESORÍA LEGAL|

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EL SIGLO DE TORREÓN

La persona afectada puede pelear por el sustento por la vía civil o por la penal

TORREÓN, COAH.- En caso del incumplimiento de las obligaciones básicas de asistencia familiar, la persona afectada puede pelear dicho sustento a través de dos vías, la civil que suele ser la más común, pero también tiene la posibilidad de realizarlo a través de la vía penal, para lo cual es necesario presentar una querella ante el Ministerio Público.

?Generalmente se acude a los juzgados civiles para realizar dicho proceso, sin embargo, la legisla-ción en el estado de Coahuila establece que cuando se registra el incumplimiento en las obligaciones básicas de asistencia familiar se incurre en un delito?, explicó Eugenio Arturo Guerrero Vargas, de Servicios Jurídicos


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