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Vigilará Hacienda las discrepancias fiscales

Virginia Hernández

OBJETIVOS | BUSCAN TENER EL CONTROL DE LA ECONOMÍA INFORMAL.

EL SIGLO DE TORREÓN

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá más facultades para vigilar a los contribuyentes.

TORREÓN, COAH.- A partir del pasado primero de octubre, la Secretaría de Hacienda estrenó nuevas facultades para revisar a todas personas que reportan una discrepancia fiscal, es decir, que registren egresos mayores a sus ingresos declarados.

El 28 de junio de 2006 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto, por el cual se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Román Orozco de los Santos, socio de la firma de Especialistas en Defensas Fiscales, comentó que dentro de estas reformas se encuentra el Artículo 107 de la Ley del ISR, la cual entró en vigor a partir de octubre de 2006.

El Artículo determina las acciones que debe realizar la autoridad fiscal al detectarse una discrepancia fiscal, es decir cuando una persona física realice erogaciones superiores a los ingresos declarados en el año, y no pueda comprobar la procedencia de dichas diferencias, por lo que la autoridad podrá determinar un ingreso gravable hasta por el monto de esa diferencia.

Orozco de los Santos declaró que ?la intención de la autoridad es meternos a todos como contribuyentes? mediante estos cambios a la Ley, particularmente para tener un control el comercio informal.

Comentó que es común que algunas personas físicas con actividad empresarial ofrezcan sus servicios sin expedir recibo alguno, por lo que sus gastos son mayores a los ingresos reportados ante el fisco. Indicó que para ello la Secretaría de Hacienda podrá hacer uso de base de datos de bancos o inversiones, para revisar si existe o no una discrepancia fiscal.

El abogado fiscalista apuntó que ?la promoción del Boletazo tiene como fin controlar las operaciones de las personas que hacen uso de la tarjeta de crédito?. Aclaró que aún cuando la persona sea una asalariada y sea la empresa quien reporte su declaración anual, si el fisco descubre mayores egresos que ingresos, será objeto de una revisión.

Mencionó que tanto las amas de casa, vendedores informales o personas físicas que ofrezcan un servicio que tenga una cuenta de ahorro, de inversión o un gasto importante a partir del dos de octubre en adelante, la autoridad fiscal tiene la facultad de revisar si existe una discrepancia fiscal, aun en su propio domicilio.

Orozco de los Santos indicó que ?si la persona tiene un ingreso percibido o gravable hay que declararlo? ante las nuevas facultades de la Secretaría de Hacienda?.

El socio de la firma comentó que ?el Programa de Actualización del Registro Federal de Contribuyentes (PAR) tiene como objetivo registrar a todos como contribuyentes, y una vez dados de alta en la base de datos se podrán detectar sus ingresos y egresos?.

Caer en abusos

Sin embargo, Orozco de los Santos advirtió que estas nuevas facultades para la autoridad fiscal pueden caer en abusos, dado que pueden determinar créditos por omisiones hechas por el propio contribuyente, el haber recibido una herencia o remesas del extranjero. Indicó que ?la Secretaría de Hacienda al tener un ingreso registrado a una cuenta bancaria citará al causante para demostrar el origen del recurso le determinará un crédito a pagar?.

Declaró el socio de la firma que las modificaciones al Artículo 107 de la Ley del ISR aún no está bien regulado para definir muchas situaciones que pueden presentarse para muchos contribuyentes, por lo que sostuvo que ?falta mucho por trabajar, por definir salvedades dentro del marco legal?.

El socio de la firma reconoció que ?la finalidad es buena, siempre y cuando no caigan en los abusos de autoridad?, por lo que subrayó que es por lo que siempre se ha peleado ?que no seamos los mismos que estemos pagando al fisco?.

Recalcó que debido a que la Ley no es retroactiva, la Secretaría de Hacienda realizará revisiones a partir de las operaciones que se realicen del dos de octubre de 2006 en adelante. Agregó que debido a la falta de infraestructura adecuada, la autoridad fiscal no podrá realizar una revisión de todos causantes, por lo que señaló que no existe un reglamento que explique el cómo se seleccionará a los candidatos.

Peligra el gasto

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) advirtió que de no llevarse a cabo una reforma fiscal se pondrán en riesgo varios renglones de gasto, pues los altos ingresos no tributarios son en su mayoría no sostenibles. Una reforma fiscal que, mediante una simplificación de la estructura impositiva incentive el trabajo formal y la inversión productiva, impulsará decididamente la recaudación tributaria en relación al Producto Interno Bruto (PIB), añadió.

En el Informe Semanal de su Vocería, estimó que la recaudación de impuestos total registrará un crecimiento real de 12.7 por ciento entre 2000 y 2006, con base en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y el dato estimado para 2006 en los Criterios Generales de Política Económica.

En la nota informativa ?Crece más de 12 por ciento real la recaudación tributaria entre 2000 y 2006?, señaló que durante el mismo periodo y de manera desagregada los impuestos al Valor Agregado (IVA) y Sobre la Renta (ISR) aumentaron 35.8 y 9.9 por ciento real, respectivamente.

Expuso que estas alzas se deben, entre otros factores, a las medidas adoptadas por la administración tributaria para propiciar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y para combatir la evasión de impuestos.

A este crecimiento también han contribuido la expansión de la actividad económica y del consumo -a través del crédito- y las modificaciones aprobadas por el Congreso de la Unión, especialmente en 2000 a la Ley del IVA, y en 2004 a la Ley del ISR.

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