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Semana Santa

Brindará IMSS servicios de Urgencia en días santos

Se atenderá en Hospitales Generales de Zona No. 16 y 18 y la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE) No. 71 del municipio de Torreón.

Jueves y viernes Santo se de pide a la ciudadanía hacer un uso responsable de los servicios del IMSS.

Jueves y viernes Santo se de pide a la ciudadanía hacer un uso responsable de los servicios del IMSS.

ANGÉLICA SANDOVAL

Por el jueves y viernes Santo, sólo se brindarán servicios de urgencias y hospitalización en clínicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Coahuila como por ejemplo los Hospitales Generales de Zona No. 16 y 18 y la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE) No. 71 del municipio de Torreón. Esto para garantizar el compromiso de la institución de brindar atención médica los 365 días del año a la derechohabiencia.

Mediante un comunicado, se dio a conocer que se suspenderán actividades en lo que respecta a la consulta de medicina familiar y especialidades, áreas administrativas y guarderías ordinarias, toda vez que dichos días son considerados como descanso obligatorio de acuerdo al Contrato Colectivo de Trabajo.

Por lo anterior y con el objetivo de no afectar la operación hospitalaria, se han establecido roles y guardias para responder a las necesidades que se presenten.

El IMSS exhorta a los derechohabientes a hacer uso responsable de los servicios médicos y acudir en caso de una verdadera emergencia, que es cuando se pone en riesgo la vida o la función de un órgano.

Es importante mencionar que, el artículo 2 de la Ley del Seguro Social (LSS) establece que la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.

La Semana Santa inició con el Domingo de Ramos y según la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 75, no contempla el jueves 28, viernes 29 y 30 de marzo como días de descanso obligatorio. Estos días de Semana Santa no generan un pago extra de forma obligatoria por lo que las personas deben presentarte a laborar de manera normal.

Sin embargo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo indica que esos días pueden descansarse si se llega a un acuerdo con la empresa.

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