Para regular esta conducta, el Municipio cuenta con el Reglamento de Salud y Asistencia Social, en el título octavo “Salubridad Local” se incluye el capítulo IX que toca el tema de la prostitución:
Artículo 75.- En el caso de prostitución homosexual, por considerarse ésta, con base en estadísticas mundiales, nacionales y estatales, directamente proporcional a la tasa de incidencia del Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA), el Ayuntamiento, a través de las Direcciones de Salud y Asistencia Social (DSAS), Seguridad Pública Municipal y de Inspección Municipal, actuará dentro del marco Constitucional y de Derechos Humanos, respetando las preferencias sexuales individuales; por lo que:
I.- Únicamente será detenida, por los inspectores municipales la persona del sexo